Norma Vigente

RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2005, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se da publicidad a la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional

Ficha de esta disposición

Título:
RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2005, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se da publicidad a la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional
Estado:
Vigente
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOE 287/2005
Fecha Disposición:
31/10/2005
Fecha Publicación:
01/12/2005
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2005, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se da publicidad a la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Orden de 10 de agosto de 1994, y en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 1320/2004, de 28 de mayo,
Esta Dirección General ha resuelto:

Dar publicidad a los méritos generales de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional acreditados e inscritos en el Registro de habilitados nacionales al día de hoy, y valorados de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 y en la Disposición Transitoria de la citada Orden.

Dichos méritos generales se incluyen como anexo a la presente Resolución.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de 1 mes, ante esta Dirección General, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses ante, a su elección, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid o el correspondiente a la circunscripción donde tenga su domicilio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, así como en los artículos 10, 11 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, 31 de octubre de 2005.–El Director General, Manuel Zafra Víctor.

Ver ANEXO