RESOLUCION 306/2007, de 16 de abril, del Director General de Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio del sector "Ikastolas de Navarra", correspondiente al año2007 (Expediente número: 44/2007). Código número 3103835

Ficha de esta disposición

Título:
RESOLUCION 306/2007, de 16 de abril, del Director General de Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio del sector "Ikastolas de Navarra", correspondiente al año2007 (Expediente número: 44/2007). Código número 3103835
Nº de Disposición:
306/2007
Boletín Oficial:
BON 71
Fecha Disposición:
08/06/2007
Fecha Publicación:
08/06/2007
Órgano Emisor:
1.3. OTRAS DISPOSICIONES
Con fecha 30 de marzo de 2007 ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio del sector "Ikastolas de Navarra", correspondiente al 2007, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente inicial número 65/2005).

Siendo el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Proceder al registro del Acuerdo de Revisión Salarial del sector "Ikastolas de Navarra" (Código número 3103835), de Navarra, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 16 de abril de 2007._El Director General de Trabajo. José M.ª Roig Aldasoro.

CONVENIO COLECTIVO DE LAS IKASTOLAS DE NAVARRA PARA LOS AÑOS 2005-2007-03-30

ACTA DE LA MESA NEGOCIADORA

En Pamplona, en la sede de la Federación Navarra de Ikastolas, a las 17 horas del día 26 de marzo de 2007, reunidos los componentes de la mesa negociadora, representando de una parte a Nafarroako ikastolen Elkartea (NIE) y de otra parte al sindicato LAB,

EXPONEN:

1.º Que las partes comparecientes, firmantes del Convenio Colectivo de las Ikastolas de Navarra para los años 2005-2007, acordaron que las retribuciones del personal docente y no docente, tendrían el mismo incremento, en euros, que el incremento que se estableciera para el personal de igual o correlativa categoría en el Pacto Colectivo de Trabajo para el sector "Enseñanza Privada Concertada" de la Cominidad Foral de Navarra en virtud de los acuerdos firmados con el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

2.º Una vez conocidos los incrementos salariales de referencia pactados, las partes proceden a la determinación definitiva de las retribuciones del personal en cumplimiento y aplicación de los precitados acuerdos a tenor de los siguientes:

ACUERDOS:

Primero._Trasladar los incrementos salariales de referencia procedentes a la tabla de salarios para el año 2007 del Convenio Colectivo la cual queda unida como anexo a la presente acta y determina y establece los salarios vigentes para el personal con efectos desde el 1 de enero de 2007.

Segundo._Aprobar la presente acta y tabla de salarios adjunta a los oportunos efectos legales.

En prueba de conformidad firman la presente en Pamplona/Iruñea, a 26 de marzo de 2007.

Por NIE, Pello Mariñelarena Martínez.

Por LAB, Izaskun Gastesi Zubeldia.

Ver Anexo

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