Derogada

RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta con las tablas salariales definitivas para 2008 y provisionales para 2009 del Convenio Colectivo para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales

Ficha de esta disposición

Título:
RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta con las tablas salariales definitivas para 2008 y provisionales para 2009 del Convenio Colectivo para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales
Estado:
Derogada
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOE 95/2009
Fecha Disposición:
30/03/2009
Fecha Publicación:
18/04/2009
Órgano Emisor:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Visto el texto del Acta de fecha 26 de febrero de 2009 donde se recogen los acuerdos sobre tablas salariales definitivas para el año 2008 y las provisionales para el año 2009 del Convenio Colectivo de ámbito estatal para las Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias Cerámicas y para las del Comercio Exclusivista de los mismos materiales (Código de Convenio nº 9902045), que fue suscrito por la Comisión mixta de Interpretación de dicho Convenio, en la que están integradas, de una parte la Confederación Empresarial Española del Vidrio y Cerámica en representación de las empresas del sector y, de otra, por las centrales sindicales MCA-UGT, FIA-UGT y CC.OO. en representación del colectivo laboral afectado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta de Interpretación.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 30 de marzo de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

COMISIÓN MIXTA DE INTERPRETACIÓN

Acta de revisión salarial final de 2008 y provisional para el año 2009

Asisten:

Por la representación empresarial:

Don Manuel Campos.

Don Luis Adolfo Martínez.

Don Carlos Martí.

Doña Ana Beatriz Rapela.

Don Álvaro Rodríguez-Hesles.

Don Frederic Bonne.

Por la representación sindical:

MCA-UGT, doña Conchín Clemente.

FIA-UGT, don Javier Hernándiz, doña Juliana Miranda.

CC.OO., don Fernando Justo, don Manuel Fernández.

Secretario: José Luis Alonso Zarandieta.

En Madrid siendo las 11 horas del día 26 de febrero de 2009, previa convocatoria al efecto se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, sita en Gran Vía 80, los representantes empresariales, sindicales y el secretario que figuran referenciados para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente Orden del día.

Orden del dia

1. Revisión de las tablas salariales de 2008.

2. Confección de las tablas salariales provisionales para el 2009.

3. Atrasos y diferencias por revisión salarial.

1. Revisión de las tablas salariales de 2008.–Dado que el IPC real 2008 no ha superado el previsto para ese año, no procede la revisión de las tablas y otros conceptos salariales para ese año por lo que se acuerda:

Que los valores definitivos 2008 sean los valores provisionales publicados en la revisión salarial 2008

2. Confección de las tablas provisionales para el 2009.

2.1 Confección de las tablas provisionales para el año 2008 según el IPC previsto 2%, mas 0,5% pactado excepto la tabla de referencia (anexo XIII) que se incrementa en un 0,8%.

Conocido que el IPC previsto para el año 2009 asciende al 2% y visto que el articulo 7 del Convenio Colectivo Estatal, establece un incremento para 2009 del IPC previsto mas 0,5 puntos para todas las tablas excepto la de referencia que se incrementa en el IPC previsto (2%) mas 0,8.

Se acuerda que las tablas salariales provisionales para el año 2009 sean las de 2008 anteriormente acordadas, incrementadas en los % indicados anteriormente.

a).–Tablas Salariales que se unen como Anexo formando parte de la presente, las siguientes:

1. Tablas Salariales Generales (Anexo II).

2. Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (Anexo III).

3. Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (Anexo IV).

4. Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (Anexo V).

5. Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (Anexo VI).

6. Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (Anexo VII).

7. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Valencia (Anexo VIII).

8. Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la Provincia de Valencia (Anexo IX).

9. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Barcelona (Anexo X).

10. Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (Anexo XI).

11. Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (anexo XII).

12. Tabla de Referencia (Salarios mínimos garantizados) (Anexo XIII).

b) Otros conceptos.

Para el período de vigencia comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2009:

Media dieta: 6,51 eur.

Plus de turnicidad: 3,49 eur/ dia efectivamente trabajado.

3. Atrasos y diferencias por revisión salarial.–Los atrasos derivados del incremento pactado para el año 2009, se abonaran en un solo pago, dentro del mes siguiente al de la publicación de las tablas en el B.O.E.

Se acuerda que el Acta sea firmada por cuatro miembros de la representación empresarial, dos por FITEQA CC.OO y dos por UGT (uno por FIA y uno por MCA) y el Secretario de la mesa.

ANEXO II

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Generales

Grupo profesional Nivel salarial   Día
7 II Personal Titulado Superior 32,26
6 III Personal Titulado Medio 30,30
6 IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1ª 29,36
6 V Jefe Administración 2ª, Jefe de Sección 28,45
5 VI Oficial Administrativo 1ª, Técnico de Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado 27,57
5 VII Técnico de Organización 2ª, Contramaestre, Especialista Oficio 26,69
4 VIII Oficial Administrativo 2ª, Oficial 1ª operario 25,79
4 IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario 24,62
3 X Especialista de 1ª, Oficial 3ª operario 23,72
2 XI Especialista de 2ª, Peón especializado 23,21
1 XII Peón, Personal de limpieza 23,03
Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,85.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,93.

ANEXO III

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009

Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos

Provincia de Madrid

Grupo profesional Nivel salarial   Dia
7 II Personal Titulado Superior 32,26
6 III Personal Titulado Medio 30,3
6 IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1ª 29,63
6 V Jefe Administración 2ª, Jefe de Sección 29,02
5 VI Oficial Administrativo 1ª , Técnico de Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado 28,41
5 VII Técnico de Organización 2ª, Contramaestre, Especialista Oficio 27,82
4 VIII Oficial Administrativo 2ª, Oficial 1ª operario 27,57
4 IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario 26,72
3 X Especialista de 1ª, Oficial 3ª operario 26,23
2 XI Especialista de 2ª, Peón especializado 25,52
1 XII Peón, Personal de limpieza 24,9
Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,17.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,91.

Dietas:

Comida y Pernocta: 21,17.

ANEXO IV

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Subsector del vidrio al soplete

Grupo profesional Nivel salarial   Dia
7 II Personal Titulado Superior 62,31
6 III Personal Titulado Medio 57,93
6 IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1ª 54,59
6 V Jefe Administración 2ª, Jefe de Sección 47,23
5 VI Oficial Administrativo 1ª, Técnico Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado 39,92
5 VII Técnico Organización 2ª, Contramaestre, Especialista Oficio 38,77
4 VIII Oficial Administrativo 2ª, Oficial 1ª operario 32,42
4 IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario 28,85
3 X Especialista de 1ª, Oficial 3ª operario 27,11
2 XI Especialista de 2ª, Peón especializado 25,54
1 XII Peón, Personal de limpieza 24,90
Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado, 2,99.

Transporte: Por día efectivamente trabajado, 2,77.

ANEXO V

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático provincia de Barcelona

Categoría profesional Básico PAC Semana
Personal con remuneración mensual Técnicos y directivos:      
Jefe de fabricación 932,21 682,86 42,22
Encargado de sección 785,27 348,24 42,22
Contramaestre 759,72 200,78 42,22
Delineante superior 810,35 333,99 42,22
Delineante de 1ª 785,02 279,95 42,22
Delineante de 2ª 785,02 179,08 42,22
Auxiliares, de 1ª 707,48 119,38 42,22
Auxiliares de 2ª 682,15 49,14 42,22
Administrativos:      
Jefe de 1ª 862,61 450,89 42,22
Jefe de 2ª 809,81 333,48 42,22
Oficial de 1ª 785,02 260,31 42,22
Oficial de 2ª 734,4 198,41 42,22
Auxiliares 720,49 69,22 40,31
Aspirantes 707,48 69,22 40,31
Mercantiles:      
Jefe de ventas 810,35 335,89 42,22
Viajante o Agente 785,02 122,94 42,22
Oficial de ventas 707,48 96,76 40,31
Subalternos      
Listeros 513,68 121,23 38,36
Cobradores 707,48 106,27 40,31
Capataces de peones 682,86 129,28 38,36
Almacenero 682,2 127,35 38,36
Vigilante y Portero 707,52 25,91 40,31
Sanitario y Ordenanza 682,15 25,91 38,36
Personal de remuneración diaria      
Obreros:      
Arqueta 22,44 2,86 40,62
Conductor máquina 1s ks. Potg 24,52 5,1 42,22
Mecánico Mak 1 s ks. De primera 24,52 5,1 42,22
Mecánico Mak 1 s ks. De segunda 24,52 4,98 42,22
Maquinista de primera 24,52 5,1 42,22
Maquinista de segunda 24,52 4,98 42,22
Fundidor de primera 24,52 4,98 42,22
Sacador de primera 24,52 4,43 42,22
Oficial primera de servicios auxiliares 24,52 4,43 42,22
Sacador de segunda 23,54 4,62 35,31
Soplador de primera 22,7 1,62 40,31
Vigilante Arca y Arca Corr. 22,7 1,62 40,31
Ayudante (todos) 22,7 1,62 40,31
Soplador de segunda 22,7 1,62 40,31
Peones especializados 21,83 2,21 38,36
Oficial segunda de servicios oficiales 23,54 3,7 38,39
Peones y servicio limpieza 21,06 1,87 38,39
Además , todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial: 2,13.

Plus estimulo empresarial: Peones y Peones especializados: 3,45.

Transporte:

Personal domiciliado dentro de un radio de 1 Km: 0,54.

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km: 0,79.

Personal domiciliado a más de tres kilómetros: 1,12, 0,51.

Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega): 0,5.

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las Empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta (PAC) incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VI

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa)

Categoría profesional Básico PAC Semanal
Personal con remuneración mensual      
Técnicos:      
Jefe de fabricación 932,21 665,08 42,22
Encargado de sección 785,02 348,24 42,22
Contramaestre 758,54 239,05 42,38
Administrativos:      
Jefe de primera 862,61 455,10 42,22
Jefe de segunda 783,24 322,88 42,22
Oficial de primera 785,00 219,50 42,22
Oficial de segunda 734,37 223,70 42,22
Auxiliares 720,25 54,26 40,31
Aspirantes de 1ª 707,48 41,12 40,31
Aspirantes de 2ª 479,61 165,12 28,75
Mercantiles:      
Jefe de ventas 810,35 315,86 42,22
Viajante o Corredor 785,02 157,24 42,22
Oficial de ventas 707,52 106,22 40,31
Subalternos:      
Almacenero 682,15 126,32 38,36
Capataces de Peones 682,15 126,32 38,36
Listeros 682,15 111,04 38,36
Sanitarios y Ordenanzas 682,15 38,19 39,26
Cobradores 707,52 149,58 40,31
Guardias y Vigilantes 682,15 41,50 38,36
Porteros 682,15 41,50 38,36
Personal de remuneración diaria (profesionales de oficio)      
Gran Plaza:      
Maestro abridor 25,61 14,01 42,22
Soplador de primera 24,52 10,82 42,22
Soplador de segunda 24,52 6,53 42,22
Levantador 23,97 3,80 40,31
Posteros y Patroneros 23,54 4,60 40,31
Jarra o 2º Gran Plaza:      
Abridor 24,52 10,82 42,22
Soplador 24,52 4,69 42,22
Levantador de asas 22,70 1,70 40,31
Fantasía:      
Maestro 24,52 10,82 42,22
Levantador 23,54 3,80 40,31
Bohemia de 1ª:      
Soplador 24,52 10,82 42,22
Patronero 22,70 6,59 40,31
Bohemia de 2ª:      
Soplador 24,52 9,57 42,22
Patronero 22,70 6,15 40,31
Bohemia de 3ª:      
Soplador 24,52 6,53 42,22
Patronero 22,70 4,66 40,31
Copas Gas Extra:      
Maestro 24,52 10,82 42,22
Soplador 24,52 6,59 42,22
Levantador de pies y piernas 22,70 1,70 40,31
Vasos Corte y Gas:      
Soplador toda clase 24,52 36,95 42,22
Soplador pequeños finos 24,52 3,35 42,22
Copas Gas Corriente:      
Maestro colador pies y pierna 24,52 9,57 42,22
Soplador 24,52 5,89 42,22
Levantador de pies y piernas 21,00 1,70 40,31
Vasos acabados a mano:      
Abridor 24,52 9,57 42,22
Soplador 24,52 6,59 42,22
Vasos acabados a mano de 2ª:      
Abridor 24,52 7,57 42,22
Soplador 24,52 5,01 42,22
Prensa Refinada Extra:      
Abridor 24,52 11,05 42,22
Prensador 24,52 7,57 42,22
Levantador 23,54 3,80 40,31
Prensa Miniatura:      
Abridor 24,52 9,27 42,22
Prensador 24,52 6,53 42,22
Levantador 23,54 3,80 40,31
Prensa sin Refinar:      
Prensador 24,52 5,01 42,22
Levantador 23,54 3,41 40,31
Copas Americanas Extras:      
Colocador de pies 24,52 7,73 42,22
Soplador 24,52 6,53 42,22
Levantador 22,70 1,70 40,31
Copas Americanas Corrientes:      
Colocador de pies 24,52 0,66 42,22
Soplador 24,52 5,64 42,22
Levantador 22,70 1,70 40,31
Tapones a Mano:      
Taponero 24,52 7,45 42,22
Tapones Prensador (Punzados):      
Taponero 22,70 1,70 40,31
Producción semiautomática:      
Oficial de primera máquina 24,52 5,71 42,22
Oficial de primera sacador 24,52 4,03 42,22
Oficiales de primera soplador 22,70 1,70 40,31
Oficial de segunda máquina 24,52 4,41 42,22
Oficiales de segunda sacador 23,54 3,80 40,31
Oficial de segunda soplador 22,70 2,16 40,31
A) Sección Acabado:      
Cortadores a gas (bohemia/F) 22,70 3,15 40,31
Cortadores a gas corriente 22,70 3,00 40,31
Fletadores (B.y F.) 23,54 3,80 40,31
Fletadores finos al torno 23,54 3,80 40,31
Fletadores corriente 23,54 3,80 40,31
Chaflanadores (B. y F.) 23,54 3,80 40,31
Chaflanadores (sonoro) 23,54 3,80 40,31
Requemadores a mano o maq. 22,70 3,00 40,31
Chaflanadores corrientes 22,70 3,00 40,31
Despuntilladores 22,70 3,00 40,31
Pulidores 22,70 3,00 40,31
Taponadores finos 24,52 4,41 42,22
Taponadores semifino 22,70 5,99 40,31
Taponadores ordinario 22,70 4,60 40,31
B) Sección Enriquecido:      
Tallería:      
Tallador de primera 24,52 7,74 42,22
Tallador de segunda 24,52 5,01 42,22
Tallador de tercera 22,70 7,03 40,31
Pulidor 22,70 3,41 40,31
Decorado:      
Decorador de primera 24,52 7,74 42,22
Decorador de segunda 24,52 5,03 42,22
Decorador de tercera 23,54 3,41 40,31
Mufleros 23,54 2,81 40,31
Serigrafiados 23,54 2,81 40,31
Grabado:      
Grabador a la rueda de primera 24,52 7,74 42,22
Grabadora a la rueda de segunda 22,70 5,64 40,31
Grabadora a la rueda de tercera 22,70 4,51 40,31
Grabadora al transporte 23,54 2,81 40,31
Panteng y Gillog 23,54 2,81 40,31
C.) Sección Temple:      
Fundidor de primera 24,52 4,41 40,31
Fundidor de segunda 22,70 4,51 40,31
Arqueta 22,70 3,12 40,31
D) Servicios Auxiliares:      
Oficial de primera 24,52 4,03 42,22
Oficial de segunda 24,52 1,70 42,22
Crisolista de primera 24,52 2,81 42,22
Crisolista de segunda 23,54 1,76 40,31
Peones especializados 21,83 2,00 39,17
Peones 21,06 1,87 39,17
Servicio de limpieza 21,06 1,87 39,17
Además, todo el personal percibirá por día trabajado las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial: 2,13.

Transporte:

Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km: 0,53.

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km: 0,79.

Personal domiciliado a más de 3 km: 1,12.

Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega): 0,51.

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las Empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta (PAC) incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VII

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009

Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos

Sector de industrias extractivas y explotacion y manufactura de minerales industriales

Quedan comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Estatal, a título orientativo las siguientes Industrias:

En general: Las minas y canteras no metálicas ni energéticas.

Más en concreto: las explotaciones, molienda, trituración, pulverización, lavado y clasificado, que se utilizan con la extracción o no de: Andalucita, Arcilla, Arena, Arenisca, Atapulguita, Barita, Bauxita, Bentonita, Caliza, Caolín, Ocres, Carbonato, Cuarcita, Cuarzo, Dolomía, Exquisto, Feldespato, Magnesita, Sepiolita, Neofelinica, Sienica, Solimanita, Talco, Tierra de trípoli, y todos aquellos que se utilizan, predominantemente, en la fabricación de vidrio y Cerámica.

Grupo profesional Niveles Categoría profesional Salario base
    Grupo A. Tecnicos  
    1. Titulados:  
7 II Ingenieros, Licenciados, Capaz Facultativo, Vigilantes de interior, vigilantes de exterior, Peritos y Practicantes. 32,49
    2. No titulados:  
6 V Jefe de fábrica o taller 29,62
5 VI Encargado de taller, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Topógrafo y Delineante de primera. 30,51
4 IX Auxiliar de topógrafo, Calcador de plano y Analista 24,89
    Grupo B. Administrativos  
6 III Jefe de primera 30,5
6 V Jefe de segunda 28,68
5 VI Oficial de primera 27,77
4 IX Auxiliar 24,89
  XIII Aspirante de dieciséis a dieciocho años 0
    Grupo C. Subalternos  
5 VII Capataz de peones 26,93
3 X Listeros. Almacenero. Guarda Jurado. Guarda. Portero. Ordenanza. Basculero. Pesador. Enfermero. Dependiente de Economato. Personal de limpieza. 23,9
  XIII Botones y Recadero de dieciséis a diecisiete años 0
    Grupo D. Obreros  
    1. Obreros de Interior.  
    a) Profesionales de:  
4 VIII Mineros de primera. Barreneros. Estibadores. Picadores. Caminero de primera. 25,93
1 XII Caminero de segunda 23,21
    b) Especialistas:  
3 X Ayudantes de Barrenero. Estibador y Picador. Tubero y Bombero. 24,67
2 XI Vagonero 23,74
    2. Obreros de Exterior.  
    a) Profesionales de oficio:  
4 VIII Oficial de primera 25,78
4 IX Oficial de segunda 24,89
3 X Maquinistas de extracción y de arrastre, carg. Barrenero y Fogonero. 24,67
3 X Oficial de tercera 23,90
    b) Especialistas:  
2 XI Celadores. Composteros. Lampisteros. Estriadores. Molineros. Trituradores. Ayudante de fogonero. Embasadores de sacos y otras especialidades. 23,21
1 XII c) Peones 23,03
Pluses:

Plus de transporte: por día debidamente trabajado: 2,93.

Plus de asistencia: por día debidamente trabajado: 3,85.

ANEXO VIII

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009

Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos

Comercio y manufacturas de vidrio plano de Valencia

Grupo profesional Nivel Categoría profesional Salario día
    Operarios  
4 VIII Oficial de primera 25,79
4 IX Oficial de segunda 24,72
3 X Ayudante Vigilante 24,30
2 XI Peón Especialista 23,83
1 XII Peón Ordinario 23,39
Plus de transporte: Por dia efectivamente trabajado, 2,93.

Plus de Asistencia: Por dia efectivamente trabajado, 3,85.

Grupo profesional Nivel Categoría profesional Salario mes
    Administrativos  
6 III Jefe de primera 1.155,75
6 V Jefe de segunda 1.015,57
5 VI Encargado de taller 926,23
5 VI Oficial de primera 926,30
4 VIII Oficial de segunda 803,87
4 IX Auxiliar. Cobrador Subalterno. 754,92
Plus de asistencia mensual: 77,19.

Plus de Transporte mensual: 63,21.

Dieta:

Media dieta: 7,74.

Comida y Pernocta: 23,37.

ANEXO IX

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009

Incremento IPC previsto (2%)+ 0,5 puntos

Baldosín cerámico de la provincia de Valencia

Grupo profesional Nivel Categoría Salario mínimo Salario medio Salario máximo
5 VII Capataz 28,23    
4 VIII Oficial de primera 27,79 33,43 38,98
4 IX Oficial de segunda 26,94 32,26 37,63
3 X Especialista de primera 26,69 31,99 37,33
2 XI Especialista de segunda 26,36 31,67 37,00
2 XI Especialista de tercera 26,31 31,58 36,86
1 XII Peón 26,19 31,32 36,64
1 XIII Pinche 24,81 29,43 34,69
Pluses:

Asistencia: por día efectivamente trabajado: 3,87.

ANEXO X

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Manufactura y comercio vidrio plano de Barcelona

Grupo profesional Nivel Categoría profesional Salario/día
7 II Ingenieros 45,54
7 II Licenciados 42,89
7 II Peritos 32,14
6 III Ayudante Técnico 29,95
6 III Jefe de primera administrativo 37,56
6 IV Jefe de fabrica 42,85
6 IV Delineante proyectista 31,95
6 V Jefe de segunda administrativo 32,01
5 VI Encargado de taller 32,01
5 VI Delineante 29,62
5 VI Oficial de primera administrativo 30,77
5 VI Vendedor 30,77
5 VII Oficial de segunda administrativo 28,60
4 VIII Contramaestre 30,60
4 VIII Calcador 28,39
4 VIII Oficial de primera 29,16
4 VIII Capataz de peones 24,58
4 IX Oficial de segunda 24,65
4 IX Portero 22,63
4 IX Ordenanza 22,63
4 IX Auxiliar administrativo 23,06
3 X Cobrador 25,61
3 X Listero 25,01
3 X Almacenero 25,27
3 X Guarda jurado 23,72
3 X Guarda ordinario y Vigilante 22,63
3 X Basculero y Pesador 22,63
3 X Sanitario no titulado 22,63
3 X Auxiliar laboratorio. Administrativo mayor 18 años 22,63
2 XI Oficial de tercera y ayudante 23,79
2 XII Personal de limpieza 22,63
1 XII Peón 23,15
1 XII Botones 20,50
Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,85.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,92.

Paga de San Antonio: 57,49.

Dietas:

Media dieta: 11,32.

ANEXO XI

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Ceramica de la provincia de Valencia

Grupo profesional Nivel Categoría profesional Salario/día
7 II Personal Titulado Superior 43,09
6 III Personal Titulado Medio 35,10
6 IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1ª 33,76
6 V Jefe Administración 2ª, Jefe de Sección 31,07
5 VI Oficial Administrativo 1ª, Técnico Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado 29,02
5 VII Técnico Organización 2ª, Contramaestre, Especialista Oficio 28,55
4 VIII Oficial Administrativo 2ª, Oficial 1ª operario 27,59
4 IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario 27,14
3 X Especialista de 1ª, Oficial 3ª operario 26,76
2 XI Especialista de 2ª, Peón especializado 26,39
1 XII Peón, Personal de limpieza 25,98
Pluses:

De transporte: 2,16.

Distancia: 0,08.

Plus de asistencia: 0,45.

ANEXO XII

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES PARA EL AÑO 2009

Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos

Vidrio de Zaragoza

Grupo Nivel   Euro/dia Euros
7 II Personal Titulado Superior 54,93 24.990,83
6 III Personal Titulado Medio, Jefe Administrativo 1ª 48,77 22.191,08
6 IV Jefe de Personal, Encargado General 47,03 21.399,28
6 V Jefe Administracion 2ª, Delineante superior,Jefe de Sección, Jefe de Organización 2ª 40,74 18.537,41
5 VI Oficial Administrativo, Delineante, Tecnico Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado 38,98 17.735,27
5 VII Delineante, Tecnico Organizacion 2ª, Analista 1ª,Capataz 36,09 16.420,78
4 VIII Oficial Adminitrativo 2ª, Corredor, Oficial 1ª oficio,Analista 2ª 35,23 16.032,64
4 IX Auxiliar Administrativo, Auxiliar Organización,Oficial 2ª de oficio 33,94 15.442,67
3 X Auxiliar Laboratorio,Vigilante,Almacenero,Enfermero,Cobrador,Ayudante. 30,46 13.859,08
2 XI Especialista de 2ª, Peón especializado 29,65 13.496,80
1 XII Peón, Personal de limpieza 28,80 13.108,67
Premio de Vinculación (*) (por año de servicio): 18,44.

Premio de Vinculación (Tope Máximo): 350,14.

Pluses:

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,93.

Se hara efectivo el día laborable anterior a la festividad de Nuestra Señora del Pilar

No se abonara este premio a los trabajadores que tengan mas de tres faltas de asistencia injustificadas en los doce meses anteriores a la fecha en que corresponde abonar este premio.

Respecto al Plus de Asistencia ,Ayuda escolar y Fiesta del pilar se estara a lo pactado en el Acuerdo de Adhesión, publicado en el BOE n.º 191, del viernes 10 de agosto de 2001.

ANEXO XIII

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES PARA EL AÑO 2009

Incremento IPC previsto (2% )+ 0,8 puntos

Tabla de referencia (salarios mínimos garantizados)

Grupo Nivel Salario día Salario anual
7 II 32,68 16.611,44
6 III, IV y V 29,70 15.255,32
5 VI y VII 27,48 14.245,22
4 VIII y IX 25,54 13.362,52
3 X 24,01 12.666,37
2 XI 23,51 12.438,87
1 XII 23,33 12.356,97
Plus de Asistencia: Por día efectivo de trabajo: 3,89.

Plus de Transporte: Por día efectivo de trabajo: 2,98.

Los valores anuales se entienden referidos para supuestos de:

Salario día a razón de 455 días (365 días/año+ 30 Paga extra de Verano + 30 Paga Extra de Navidad + 30 Paga de marzo).

Plus de asistencia a razón de 280 días (219 días trabajo efectivo+ 21 Paga Extra de Verano+20 Paga Extra de Navidad + 20 Paga de vacaciones).

Plus de transporte a razón de 219 días (219 días de trabajo efectivo año).

Las empresas que a partir del 1/1/1999 empiecen a regirse por el presente Convenio, podrán optar por la aplicación de esta Tabla de Referencia o por aquella a la que se hubieran acogido de no existir esta Tabla.