Norma Vigente

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2003, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se renuevan las becas convocadas por Orden SCO/790/2003, de 10 de enero, de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española del Medicamento

Ficha de esta disposición

Título:
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2003, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se renuevan las becas convocadas por Orden SCO/790/2003, de 10 de enero, de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española del Medicamento
Estado:
Vigente
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOE 45/2004
Fecha Disposición:
30/12/2003
Fecha Publicación:
21/02/2004
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2003, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se renuevan las becas convocadas por Orden SCO/790/2003, de 10 de enero, de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española del Medicamento.

En el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de abril de 2003, se publicó la Orden SCO/790/2003, de 10 de enero de 2003, por la que se convocaron becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española del Medicamento, cuyas bases quedan reguladas en la misma.

Por Resolución de 1 de agosto de 2003 (BOE 27-8-2003), se adjudicaron 13 becas, por un periodo de tiempo, hasta el 31 de diciembre de 2003, pudiendo prorrogarse hasta un máximo de cuatro años y previa fiscalización del gasto correspondiente.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de prórroga, el pasado 1 de diciembre, de acuerdo a los apartados y requisitos exigidos en la citada Orden de convocatoria, a propuesta de la Comisión de evaluación, esta Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios dicta Resolución con arreglo a los siguientes:

Hechos

Primero.—Por Orden SCO/790/2003, de 10 de enero de 2003 publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de abril de 2003, se convocaron 13 becas de iniciación y perfeccionamiento en la Agencia.

Segundo.—Las 13 becas adjudicadas por Resolución de 1 de agosto de 2003 tienen una duración hasta el 31 de diciembre de 2003.

Tercero.—Dentro del plazo de presentación de solicitudes de prórroga, que ha finalizado el pasado 1 de diciembre de 2003, la Comisión de Evaluación admitió 13 solicitudes, previo examen y evaluación conforme a los requisitos exigidos para la renovación en la citada Orden de convocatoria, como así se hace constar en el acta de la reunión de la citada Comisión de fecha 4 de diciembre de 2003 al que se acompaña relación de solicitudes admitidas.

Fundamentos de Derecho

1. Competencia.—Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del Estatuto de la Agencia, aprobado por Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo, el Director de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ostenta la pepresentación legal de la misma y le corresponde, dentro de sus competencias, la decisión y firma de los acuerdos o resoluciones que hayan de adoptarse por la Agencia.

2. Motivación.—Las becas adjudicadas por Resolución de 1 de agosto de 2003 tienen una duración hasta el 31 de diciembre de 2003.

3. Conforme a los apartados 2.3, 6.1 y 6.2 de la mencionada Orden de convocatoria procede, mediante la presente resolución, a la renovación de las becas propuestas por la Comisión de evaluación por el periodo de tiempo desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2004, pudiendo prorrogarse por un periodo máximo de cuatro años y previa fiscalización del gasto.

4. Concesión.—Procede, por tanto, la renovación de las trece solicitudes de prórroga propuestas por la Comisión de Evaluación.

En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas, en la Orden SCO/790/2003 de 10 de enero y demás disposiciones aplicables, y previo informe de la Comisión de evaluación, resuelvo:

Renovar trece becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, adjudicadas por Resolución de 1 de agosto de 2003, en la cuantía de 1.431,22 euros para la beca de perfeccionamiento y 813,19 euros para la beca de iniciación (incluido, respectivamente, el incremento del 2% previsto para el sector público conforme a la Ley de Presupuestos para el año 2004), de acuerdo con la citada Orden de convocatoria y a los solicitantes admitidos que se relacionan en el anexo a esta Resolución.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Director de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo, en los términos previstos en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.

En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá impugnarse la Resolución ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 30 de diciembre de 2003.—El Director, Carlos Lens Cabrera.

Ver TABLA 1-1
Ver TABLA 1-2