Las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar los errores observados en el anexo 3 (Comisión Técnica de Valoración)de la Resolución de la consejera de Interior de 30 de marzo, por la cual se aprueban la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación de las comisiones técnicas de valoración del procedimiento para proveer puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, publicada en el BOIB nº 48, de 2 de abril, en los términos establecidos en el anexo de esta Resolución.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
La consejera de Interior
María Ángeles Leciñena Esteban Marratxí, 29 de abril de 2009
ANEXO
Corrección de los errores observados en el anexo 3 (Comisión Técnica de Valoración)de la Resolución de la consejera de Interior de 30 de marzo, por la cual se aprueban la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación de las comisiones técnicas de valoración del procedimiento para proveer puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Donde dice: GRUPO A2/C1
COMISIÓN TÉCNICA TITULAR
Representante sindical: Ingrid Weehuizen Beltran (UGT)
Tiene que decir: GRUPO A2/C1
COMISIÓN TÉCNICA TITULAR
Representante sindical: Francisca María Dols Pallicer (UGT)
Donde dice: GRUPO C1/C2
COMISIÓN TÉCNICA TITULAR
Presidenta: María Jesús Romero Amengual
Tiene que decir: GRUPO C1/C2
COMISIÓN TÉCNICA TITULAR
Presidenta: Catalina Palou de Comasema Beltrán
