Una vez que la Comisión de Valoración ha valorado, según lo establecido en las bases de la convocatoria y para los puestos convocados, los méritos de los aspirantes, y ha realizado la propuesta definitiva de adjudicación de los puestos de trabajo de dicho concurso de méritos, este Rectorado, en cumplimiento del artículo 46.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal Funcionario al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y en el ejercicio de las competencias conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 214/2003, de 16 de octubre, modificados por Decreto 94/2009, de 5 de noviembre,
HA RESUELTO
Primero
Aprobar la propuesta definitiva de la Comisión de Valoración y resolver el concurso de méritos general, adjudicando los puestos de trabajo a los funcionarios que se relacionan en el Anexo de esta Resolución.
Segundo
El plazo de toma de posesión será el establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal Funcionario al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Tercero
El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente mediante recurso de reposición ante el Rector de esta Universidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a dicha publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, a 28 de febrero de 2011.El Rector, PD (Resolución de 23 de julio de 2009, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 4 de agosto de 2009), El Gerente, Pedro García Moreno.
ANEXO I
Ver Anexo
(03/7.595/11)
