Resolución de 27 de enero de 2011, de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, por la que se registra y publica el acuerdo sobre revisión salarial para el año 2011 del convenio colectivo de trabajo para la actividad de Garajes, Estaciones de Lavado y Engrase, Aparcamientos y Parkings de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2010 y 2011

Ficha de esta disposición

Título:
Resolución de 27 de enero de 2011, de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, por la que se registra y publica el acuerdo sobre revisión salarial para el año 2011 del convenio colectivo de trabajo para la actividad de Garajes, Estaciones de Lavado y Engrase, Aparcamientos y Parkings de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2010 y 2011
Nº de Disposición:
Boletín Oficial:
BOR 17
Fecha Disposición:
27/01/2011
Fecha Publicación:
08/02/2012
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE INDUSTRIA, INNOVACION Y EMPLEO
Visto el Acuerdo sobre revisión salarial para 2011 correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo de aplicación para la actividad Garajes, Estaciones de Lavado y Engrase, Aparcamientos y Parkings de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2010 y 2011 (Código núm. 26000615011992), prevista en el citado Convenio y suscrito al efecto por la Comisión Paritaria del mismo con fecha 20 de enero de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo (B.O.E. del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Esta Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, Acuerda:

Primero.- Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.- Disponer su publicación en el "Boletín Oficial de La Rioja".

En Logroño a 27 de enero de 2012.- La Directora General de Trabajo y Salud Laboral, Rosario Cuartero Lapeña.

Convenio Garajes, Estaciones Lavado y Engrase, Aparcamientos y Parkings, incremento salarial año 2011

En la ciudad de Logroño siendo las diez horas del día veinte de enero de dos mil doce, se reúnen en la sede de la Federación de Empresarios de La Rioja las siguientes personas: Dña. Carlota Achiaga Fernández y D. José D. Moreno Vilariño, como titulares y Dña. María García Santamaría, como suplente, en representación de la Asociación de Empresarios de Garajes, Estaciones de Lavado y Engrase, Aparcamientos y Parkings de La Rioja; Dña. Leonor Hernando García y D. Jesús Fernández López-Dávalos, en representación de la central Sindical Unión Sindical Obrera (USO), entidades firmantes del Convenio y todos ellos componentes de laComisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de "Garajes, Estaciones de Lavado y Engrase, Aparcamientos y Parkings de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2010 al 2011".

El motivo de la reunión es establecer el incremento salarial pactado en el artículo 30º del Convenio para los años 2010 al 2011, en relación con la desviación experimentada por el I.P.C. durante el 2011.

De conformidad con lo anterior, en función de las competencias asignadas a la Comisión Paritaria, se adoptan, por unanimidad, los siguientes acuerdos:

Primero.- Incremento salarial año 2011. De acuerdo con lo estipulado al efecto para el segundo año de su vigencia en el artículo 30º del Convenio Colectivo, finalizado el año 2011 y una vez conocido el IPC real de dicho año, se procede a revisar los salarios en vigor al 31 de diciembre de 2010, en un 2,40%, confeccionándose y aprobándose la Tabla Salarial definitiva con efectos de 1 de enero de 2011.

Segundo.- Las diferencias económicas devengadas y no percibidas derivadas de la aplicación retroactiva con efectos 1 de enero de 2011 de las cláusulas de contenido económico de la presente revisión, se abonarán a los trabajadores afectados en el plazo máximo de un mes desde la publicación del presente acuerdo.

Tercero.- Dar traslado de la presente Acta y de la Tabla Salarial confeccionada al efecto a la Dirección General de Empleo y Relaciones Laborales de La Rioja, para que proceda a efectuar su registro, depósito y posterior publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las once horas en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, extendiendo la presente Acta que es firmada junto con su anexo por todos los asistentes en prueba de conformidad.

Tabla incremento salarial año 2011

Nivel

Categoría profesional

Salario base

Salario anual

Grupo Profesional Superior y Técnico

I

Técnico Superior

1.111,35

16.670,25

II

Técnico Medio

977,77

14.666,55

III

Diplomado

915,79

13.736,85

Grupo Prof. Administrativo e Informático

I

Jefe de Servicio

1.111,35

16.670,25

Jefe de Sección

1.094,31

16.414,65

Analista de Proceso de Datos

1.111,35

16.670,25

II

Oficial Administrativo

1.094,31

16.414,65

Programador

1.094,31

16.414,65

III

Auxiliar Administrativo

1.019,00

15.285,00

Aspirante Administrativo

785,77

11.786,55

Personal Atención Telefónica

915,79

13.736,85

Ordenanza

915,79

13.736,85

Operador

1.019,00

15.285,00

Grupo Profesional Explotación

I

Encargado

1.111,35

16.670,25

II

Agente de Aparcamiento

977,77

14.666,55

Oficial de Mantenimiento

1.075,53

16.132,95

Taquillero

977,77

14.666,55

III

Ayudante de Mantenimiento

915,79

13.736,85

Auxiliar Aparcamiento

915,79

13.736,85

Engrasador/lavacoches

977,77

14.666,55

Trabajador en formación

785,77

11.786,55

Personal Limpieza

915,79

13.736,85

Incremento sobre tablas año 2010: 2,4%