ANTECEDENTES
I. En la anterior Resolución número 1264/2012 de 23 de enero, por la que se autoriza la emisión de música ambiental y la ampliación del horario de funcionamiento en la zona de chiringuitos, mesones y escenario del Carnaval 2012 en el entorno del Parque de Santa Catalina, se produjo un error material al no recogerse en el resolutivo primero el horario correspondiente a los jueves, procede por tanto la subsanación de dicho error.
II. El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 recoge la rectificación del errores materiales en actos de las administraciones públicas y el artículo 124.4 m) señala entre las funciones que corresponden al Alcalde, la facultad de revisión de sus propios actos.
Por lo expuesto anteriormente,
RESUELVO
PRIMERO. Al amparo de lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 124.4 m) de la Ley 7/85 de 2 de abril de Bases de Régimen Local, vengo en subsanar el error material padecido en la Resolución de esta Alcaldía de 23 de enero de 2012 número 1264, relativa a la autorización de música ambiental y ampliación de horarios en la zona de chiringuitos, mesones y escenarios del Carnaval 2012 en el entorno del Parque de Santa Catalina, incluyendo en el apartado primero de la Resolución, apartado Zona de ocio el horario correspondiente a los jueves que por error se omitió y que es el que sigue:
"Jueves: Instalaciones abiertas hasta las 03:00 horas, con música hasta las 01:30 horas".
SEGUNDO. Practíquense los procedentes trámites de comunicaciones y publicaciones.
TERCERO. Contra este acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podrá/n interponer, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el artículo 109.c) de la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra la resolución expresa que se le/s notifique, podrá/n interponer Recurso de Reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso potestativo de reposición será de UN MES, según el artículo 117.2 de la Ley 4/1999, transcurrido el mismo, producido el silencio administrativo negativo, puede interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de SEIS MESES, computado desde el día siguiente en el que el recurso de reposición potestativo debe entenderse presuntamente desestimado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estimare/n oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos
Dada en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, con intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de febrero de 2012.
EL ALCALDE (Delegación de firma, Decreto 530, de 9.01.12), DIRECTOR DE GOBIERNO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y SEGURIDAD, Claudio Alberto Rivero Lezcano
EL SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA (Por Sustitución), Ana María Echeandía Mota.
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