Resolución de 19 de octubre de 2009, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se asignan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas dirigidos a la mediación intercultural en la convocatoria del curso 2009/2010

Ficha de esta disposición

Título:
Resolución de 19 de octubre de 2009, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se asignan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas dirigidos a la mediación intercultural en la convocatoria del curso 2009/2010
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOJA 15
Fecha Disposición:
19/10/2009
Fecha Publicación:
25/01/2010
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE EDUCACION
Esta Delegación Provincial, en el ejercicio de la delegación de competencias atribuidas por la Orden de 22 de septiembre de 2003 y conforme al artículo 13.2 de la Orden de 3 de agosto de 2007, que regula la concesión de subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de mediación intercultural, una vez estudiadas la solicitudes con arreglo al procedimiento y con las condiciones establecidas en dicha Orden y, valorados por la Comisión Evaluadora los proyectos presentados para el curso 2009/2010 según los criterios dispuestos en el artículo 11 de aquella misme Orden

RESUELVE

Primero. La Resolución definitiva de la convocatoria que realiza la Orden de 4 de marzo de 2009 de concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de mediación intercultural en el curso 2009/2010, otorgando dichas subvenciones a las Entidades sin fines de lucro que se relacionan en el Anexo I.

Segundo. Denegar las solicitudes presentadas por las Entidades sin fines de lucre relacionadas en el Anexo II por los motivos que se especifican en el mismo.

Tercero. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas se extenderá hasta la finalización del curso escolar 2009/2010, y su financiación por el importe total de cuarenta mil euros (40.000 ), correrá a cargo de la aplicación presupuestaria: 0.1.20.00.02.18.485.09.42F.2.

Cuarto. El pago de las subvenciones se efectuará en un único libramiento en firme y mediante transferencia bancaria a las cuentas designadas por la Entidades beneficiarías de estas ayudas.

Quinto. Las Entidades sin fines de lucro beneficiarías deberán presentar una cuenta justificativa del cumplimiento de la finalidad y de la ejecución íntegra del Proyecto subvencionado aunque la cuantía de la subvención sea inferior, aportando le documentación preceptiva que dispone el artículo 19 de la Orden de 3 de agosto de 2007, con anterioridad al día 31 de julio 2010.

Sexto. Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente de Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio) y artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, de 27 de noviembre).

Granada, 19 de octubre de 2009.- La Delegada, Ana Gámez Tapias.

 
ANEXO I: ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO BENEFICIARIAS DE SUBVENCIÓN EN EL CURSO 2009/2010

NOMBRE DE LA ENTIDAD

PRESUPUESTO

SUBVENCIÓN

PORCENTAJE

SAVE THE CHILDREN

8.000

8.000

100%

PROYECTO SOLIDARIO

13.250

8.000

60,38%

ASOCIACIÓN YANUA

8.850

8.000

90,39%

ARCA EMPLEO

8.000

8.000

100%

ASMIN

8.096,70

8.000

98,80%

 
ANEXO II: EXCLUSIONES PROGRAMAS DE MEDIACIÓN INTERCULTURAL EN EL CURSO 2009/2010

NOMBRE DE LA ENTIDAD

CAUSA DE EXCLUSIÓN

MOTIVACIÓN ORDEN DE 3.8.2007

F. GLOBALIA

Solicitud fuera de plazo

Artículo 8

Colegio Oficial de Psicólogos de A. Oriental

No es destinatario de la convocatoria

Artículo 4

AMPA La Joya

No es destinatario de la convocatoria

Artículo 4

AMPA Foncanal

No es destinatario de la convocatoria

Artículo 4

ACOGIDA

Puntuación insuficiente

Artículo 12

F. SIERRA NEVADA

Puntuación insuficiente

Artículo 12

ALCANTRA

Puntuación insuficiente

Artículo 12

Ayuda al Refugiado

Puntuación insuficiente

Artículo 12

Comunidad Musulmana

Puntuación insuficiente

Artículo 12

IBN ARABI

Puntuación insuficiente

Artículo 12

ROMI

Puntuación insuficiente

Artículo 12

LOGROS

Puntuación insuficiente

Artículo 12

IDEAS

Puntuación insuficiente

Artículo 12

NAJLA

Puntuación insuficiente

Artículo 12

Asoc. C. La Herradura

Puntuación insuficiente

Artículo 12

MPDL Granada

Puntuación insuficiente

Artículo 12

C.C. Iniciativas Europeas

Puntuación insuficiente

Artículo 12