Dado que los acuerdos colectivos de empresa no son conocidos por las autoridades laborales públicas ni están sometidos a su inscripción en registro público alguno, la Orden TIN/1827/2010, de 6 de julio, por la que se desarrolla, en relación con los acuerdos colectivos de empresa sobre jubilación parcial, lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, previó la elaboración por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social de una relación de empresas en las que se hayan suscrito acuerdos colectivos, con anterioridad al día 25 de mayo de 2010, que contengan compromisos en materia de jubilación parcial.
En virtud de lo expuesto, se acuerda en esta resolución publicar la relación de acuerdos colectivos prevista en la Orden TIN/1827/2010, de 6 de julio, a efectos del reconocimiento de las pensiones de jubilación parcial.
Madrid, 18 de noviembre de 2010.-El Director General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Fidel Ferreras Alonso.
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