Visto el plazo transcurrido desde su incoación.
Teniendo en cuenta lo prevenido al respecto por el artículo 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Declarar la caducidad del procedimiento administrativo para la delimitación del entorno de protección de la «Iglesia de San Salvador», localizada en Toledo, con los efectos previstos en el artículo 92 de la Ley 30/1992.
Toledo, 18 de noviembre de 2008.El Director General de Patrimonio Cultural, Luis Martínez García.
