Norma Vigente

RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2003, del Instituto de la Juventud, por la que se dispone la publicación de las ayudas concedidas al amparo de lo dispuesto en la Orden de 10 de octubre de 2000 y la Resolución de 18 de enero de 2003, del Instituto de la Juventud

Ficha de esta disposición

Título:
RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2003, del Instituto de la Juventud, por la que se dispone la publicación de las ayudas concedidas al amparo de lo dispuesto en la Orden de 10 de octubre de 2000 y la Resolución de 18 de enero de 2003, del Instituto de la Juventud
Estado:
Vigente
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOE 43/2004
Fecha Disposición:
18/12/2003
Fecha Publicación:
19/02/2004
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2003, del Instituto de la Juventud, por la que se dispone la publicación de las ayudas concedidas al amparo de lo dispuesto en la Orden de 10 de octubre de 2000 y la Resolución de 18 de enero de 2003, del Instituto de la Juventud.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 10 de octubre de 2000 (B.O.E. n.o 260, de 30 de octubre), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del programa de acción comunitario «Juventud», modificada por la Orden TAS/35/2003, de 7 de enero de 2003 (B.O.E. del 17 de enero), financiado por la Comisión Europea y la Resolución de 18 de enero de 2003, del Instituto de la Juventud (B.O.E. n.o 25, de 29 de enero), modificada por la de 29 de enero (B.O.E. n.o 26, de 30 de enero) se ha procedido, a propuesta de la Comisión de Evaluación, a la concesión de las ayudas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 19.201.323A.460 y 19.201.323A.483. Por ello procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81.7 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en su redacción dada por el artículo 16.3 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las ayudas concedidas, que se relacionan como anexo de esta Resolución.

Las ayudas para los proyectos de la acción 2.1 (acogida) y 2.1 (envío) están sujetas a la aprobación de la financiación de la parte correspondiente del proyecto por las respectivas agencias nacionales establecidas en los países participantes en el programa «Juventud».

Mediante comunicación individualizada se notificará a los solicitantes las resoluciones adoptadas.

Madrid, 18 de diciembre de 2003.—La Directora General, Elena Azpiroz Villar.

Ver ANEXO 1
Ver ANEXO 1-1
Ver ANEXO 1-2
Ver ANEXO 1-3
Ver ANEXO 1-4