Resolución de rectificación de la Resolución de 17 de marzo de 2009 per la cual se convocan ayudas para el fomento del desarrollo de la acción cívica, la convivéncia y el capital social para las asociaciones de casas regionales assentadas en les Illes Balears

Ficha de esta disposición

Título:
Resolución de rectificación de la Resolución de 17 de marzo de 2009 per la cual se convocan ayudas para el fomento del desarrollo de la acción cívica, la convivéncia y el capital social para las asociaciones de casas regionales assentadas en les Illes Balears
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOIB 74
Fecha Disposición:
17/03/2009
Fecha Publicación:
21/05/2009
Órgano Emisor:
CONSELLERIA D PRESIDENCIA
Antecedentes El dia 17 de marzo de 2009, el consejero de Presidéncia resolvió convocar las ayudas al fomento de la acción cívica para las asociaciones de les casas regionales asentadas en las Illes Balears para la anualidad de 2009.

El dia 21 de marzo de 2009, en el BOIB núm. 39 se publicó la Resolución del consejero de Presidéncia por la que se convocan ayudas al fomento de la acción cívica, la convivència y el capital social per a les asociaciones de las casas regionales asentadas en las Illes Balears para la anualidad de 2009.

El articulo octavo de la Resolución del consejero de Presidéncia por la que se convocan ayudas al fomento de lacción cívica, la convivència i el capital social per a les asociaciones de las cases regionales asentades en las Illes Balears para la anualidad de 2009 establece los principios y los criterios objectivos que han de regir la concesión de las subvenciones, y en la letra j del articulo 8.2 establece que se han de otorgar de 0 a 10 puntos en la valoración del grado de innovación de las actividades que se lleven a término en relación al expediente de sol· licitud para actividades.

En la letra j del articulo 8.3 se manifiesta que se han de otorgar de 0 a 5 puntos en la valoración de la importáncia, la factibilidad y la viabilidad económica del proyecto en relación a los expedientes de solicitud para funcionamiento.

El articulo 8.5 de la misma Resolución establece que les solicitudes para actividades se puntuaran según los criterios del apartado 8.2 hata un máximo de 175 puntos cuando la suma de los diferentes apartados da una resultado final de 180 puntos como máximo.

También señala que en el apartado 8.3 de funcionamiento la puntuació máxima puede llegar a 95 puntos, mientras que la suma final de todos los apartados de valoración, en este caso, llega a un total de 90 puntos como máximo.

El dia 7 de mayo de 2009 el Servicio de Relaciones Institucionales emitió el informe, elevado a propuesta de resolución por director general de Relaciones Institucionales, relativo a la existéncia de errores en los criterios de puntuación y valoración de los expedientes de sol· licitud de subvención que se contienen en los apartados j de los puntos 8.2 i 8.3 de la convocatória, en el sentido que los puntos otorgados en el apartado correspondiente, en cada caso, varian a la baja en un caso y al alza en el otro caso, la puntuación total a obtener que se determina en el apartado 8.5 y modifican, por tanto, la ponderación final.

Per todo lo anterior, y visto el informe del Servicio de Relaciones Institucionales, elevado a propuesta de resolución por el director general de Relaciones Institucionales, dicto la siguiente:

Resolución Rectificar la Resolución de dia 17 de marzo de 2009 per la cual se convocan ayudas al fomento de la acción cívica, la convivéncia y el capital social para las asociaciones de las casas regionales (publicada en el BOIB núm. 42 de 21 de marzo).

Corregir el articulo 8.2 de conformidad a lo siguiente:

Donde dice: j)0 10 puntos. Grado de innovación de les actividades que se han de llevar a cabo:

alto 7 10 puntos

medio 3 6 puntos

bajo 0 2 puntos

Debe decir: j)0 5 puntos. Grado de innovación de las actividades que se han de llevar a cabo

alto 4 5 puntos

medio 2 - 3 puntos

bajo 0 1 puntos

Corregir el texto del articulo 8.3 de conformidad con lo siguiente:

Donde dice: j)0 5 puntos. Importáncia, factibilidad y viabilidad económica del proyecto

alta 4 5 puntos

mediana 2 - 3 puntos

baja 0 1 puntos

Debe decir: j)0 10 puntos. Importáncia, factibilidad y viabilidad econòmica del proyecto

alta 7 - 10 puntos

mediana 4 - 6 puntos

baja 0 3 puntos

Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Interposición de recursos Contra esta Resolución que finaliza la via administrativa, y de conformidad con lo que se dispone los articulos 107, 109 i 116 de la Lei 30/1992, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Presidéncia en el plazo de un mes contador desde el dia siguiente de la publicación de la Resolución o un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justícia de las Illes Balears en el plazo de dos meses des de el dia siguiente de la publicación.

No obstante lo anterior, no se puede interponer un recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto expresament o se haya producido la desestimación del recurso de reposición interpuesto.

El conseller

Albert Moragues Gomila Palma, 7 de mayo de 2009