Resolución de trámite de audiencia de alta de oficio no Réxime especial de traballadores autónomos relativa a dona M.ª Vanesa Pier Obelleiro

Ficha de esta disposición

Título:
Resolución de trámite de audiencia de alta de oficio no Réxime especial de traballadores autónomos relativa a dona M.ª Vanesa Pier Obelleiro
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOP-CORUNA 289
Fecha Disposición:
17/12/2008
Fecha Publicación:
17/12/2008
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE TRABALLO E INMIGRACION
Ignorándose o domicilio actual dos suxeitos responsables que se mencionan e resultando descoñecidos ou afastados nos que facilitaron no seu momento, polo presente notifícaselles, conforme o establecido no artigo 59.4 da Lei 30/1992, de 26 de novembro (B.O.E. do día 27), de Réxime Xurídico das Administracións Públicas e do Procedemento Administrativo Común, en canto á súa notificación ós interesados se refire, que antes de redactar a proposta de resolución sobre a sua alta o baixa no Sistema da Seguridade Social, se lles concede un prazo de quince días para alegar e presentar os documentos e xustificantes que estimen pertinentes, consonte o establecido no artigo 84 da citada Lei.

Ignorándose el domicilio actual de los sujetos responsables que se mencionan y resultando desconocidos o ausentes en los que se facilitaron en su momento, por el presente se les notifca, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuanto a notificación a los interesados se refeire, que antes de redactar la propuesta de resolución sobre su alta o baja de oficio en el Sistema de la Seguridad Social, se les concede un plazo de quince días para alegar y presentar los documentos y justificantes que estimen pertinentes, según lo establecido en el artículo 84 de la citada Ley.

 
NAF

TRABAJADOR

REGIMEN

PROPUESTA RESOLUCIÓN

151039872181

PIER OBELLEIRO, Mª VANESSA

AUTONOMOS

ALEGACIONES ALTA OFICIO

CAUSA: Revisada la documentación incorporada del expediente de inscripción de la empresa aperturada a su nombre por la actividad de "otras actividades de apoyo a las empresas", se desprende que reúne los requisitos para figurar incluído en el campo de aplicación del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en virtud de lo establecido en el artículo 2.3 del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto (B.O.E. de 15 de septiembre), que establece la presunción, salvo prueba en contrario, de que concurre la condición de trabajador por cuenta propia o autónomo, a efectos del citado Régimen Especial, cuando el interesado ostenta la titularidad de un establecimiento abierto al público como propietario, usufructuario u otro concepto análogo.

A Coruña, a 25 noviembre 2008

LA JEFA DE ÁREA DE INSCRIPCIÓN Y AFILIACIÓN,