Resolución de la consejera de Educación y Cultura de 14 de mayo de 2009 por la cual se adjudican los Premios Extraordinarios de Formación Profesional Específica de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2007/2008

Ficha de esta disposición

Título:
Resolución de la consejera de Educación y Cultura de 14 de mayo de 2009 por la cual se adjudican los Premios Extraordinarios de Formación Profesional Específica de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2007/2008
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOIB 74
Fecha Disposición:
14/05/2009
Fecha Publicación:
21/05/2009
Órgano Emisor:
CONSELLERIA D EDUCACIO I CULTURA
La Orden ECD/1696/2002, de 1 de julio, por la cual se crean los Premios Nacionales de Formación Profesional y se establecen a este efecto los requisitos para la concesión de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional (BOE núm. 160, de 5 de julio), dispone, en el punto 3, apartado 1, que podrán concurrir a los Premios Nacionales de Formación Profesional los alumnos que hayan resultado ser merecedores de los Premios Extraordinarios convocados por su comunidad autónoma de acuerdo con lo que se establece en esta Orden.

La Resolución de la consejera de Educación y Cultura de 23 de marzo de 2009 por la cual se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional Específica de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2007/2008 (BOIB núm. 45, de 28de marzo 2009).

La convocatoria anual de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional, como opción previa a la inscripción para concurrir a los Premios Nacionales de Formación Profesional, representa un incentivo para todos aquellos alumnos que quieren confirmar su excelencia en la preparación académica.

Por todo esto, atendiendo a la propuesta definitiva de Resolución elevada por el director general de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente de 13 de mayo por la cual se proponen los alumnos para la obtención de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional Específica de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2007/2008, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero Adjudicar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional Específica de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2007/2008 a los once alumnos que se indican en el Anexo de esta Resolución.

Segundo Cada alumno premiado tiene que recibir de la Consejería de Educación y Cultura un diploma acreditativo de esta distinción, así como 750 euros que tienen que hacerse efectivos con cargo a la partida presupuestaria 13901 421G01 48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2009.

Esta distinción tiene que ser anotada, mediante diligencia del secretario del centro donde se realizó la inscripción, en el expediente académico y en el libro de calificaciones de Formación Profesional de los alumnos que ha obtenido un Premio Extraordinario.

Con el fin de poder hacer efectiva la cuantía económica del Premio, las personas interesadas tienen que rellenar y firmar el impreso TG002 debidamente sellado por la entidad bancaria y presentarlo, acompañado de una fotocopia del DNI, en la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente antes de día 30 de junio de 2009.

Tercero Los premiados pueden optar, previa inscripción, a concurrir a los Premios Nacionales de Formación Profesional que convoque el Ministerio de Educación y Ciencia.

Cuarto Esta Resolución se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recurso Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición frente a la consejera de Educación y Cultura en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con lo que dispone el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo frente a la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

La consejera de Educación y Cultura

Bàrbara Galmés Chicón

Palma, 14 de mayo de 2009

Ver Anexo