Resolución del consejero de Educación y Cultura, de 13 de junio de 2007, por la que se autoriza al IES Josep Mª Quadrado de Menorca para impartir el bachillerato en música

Ficha de esta disposición

Título:
Resolución del consejero de Educación y Cultura, de 13 de junio de 2007, por la que se autoriza al IES Josep Mª Quadrado de Menorca para impartir el bachillerato en música
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOIB 100
Fecha Disposición:
13/06/2007
Fecha Publicación:
07/07/2007
Órgano Emisor:
CONSELLERIA D EDUCACIO I CULTURA
Atendiendo a la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, en el artículo 41.1, que establece que las administraciones educativas facilitarán al alumnado la posibilidad de cursar, simultáneamente, las enseñanzas regladas de música o de danza y las de régimen general.

Atendiendo a la Ley orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes, en el apartado 4 de la disposición adicional 3 ª, relativa a la admisión de alumnos en determinadas enseñanzas, donde se dispone que aquellos alumnos que cursen simultáneamente enseñanzas regladas de música o de danza y enseñanzas de régimen general tendrán prioridad para la admisión en los centros que imparten enseñanzas de régimen general que la administración educativa determine.

Atendiendo a la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, al artículo 47.1, que establece que las administraciones educativas facilitarán la posibilidad de cursar simultáneamente las enseñanzas artísticas profesionales y la educación secundaria, y al artículo 50.2, que establece que el alumnado que finalice las enseñanzas profesionales de música y danza, obtendrá el título de Bachiller si supera las materias comunes de bachillerato.

Atendido el Real decreto 1179/1992, de 2 de octubre (BOE del 21), por el cual se establece el currículum del bachillerato, en el artículo 26, apartado 2, en el cual se señala la posibilidad de simultanear las enseñanzas de música o danza con el estudio de las materias comunes del bachillerato, siempre que el alumnado tenga el título de graduado en educación secundaria y haya finalizado el segundo ciclo del grado medio de los estudios de música o de danza. En este caso, el alumno tendrá que cursar las materias comunes del bachillerato en dos años, como mínimo. En el apartado 3 del Real decreto mencionado se dispone que el centro educativo donde el alumno curse y supere las materias comunes del bachillerato será el que realizará la propuesta para la expedición del título de bachillerato de los alumnos mencionado.

Atendido el Real decreto 1577/2006, de 22 de diciembre (BOE del 20 de enero de 2007), por el que se fijan los aspectos básicos del currículum de las enseñanzas profesionales de música reguladas por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. En el artículo 14.2 de la mencionada Ley se establece que los alumnos que finalicen las enseñanzas profesionales de música obtendrán el título de bachiller si superan las materias comunes del bachillerato, a pesar de que no hayan realizado el bachillerato de la modalidad de arte en la vía específica de música y danza.

Atendido el Real decreto 1876/1997, de 12 de diciembre (BOE del 16 de enero de 1998), en que se traspasan las funciones y los servicios de la administración del Estado a la comunidad autónoma de las Islas Baleares en materia de enseñanza no universitaria.

Atendida la Orden de la ministra de Educación, Cultura y Deportes de 2 de enero de 2001 (BOE del 6)que establece las convalidaciones entre las enseñanzas de régimen especial de música y de danza y determinadas áreas de educación secundaria obligatoria.

Atendida la Orden de 10 de abril de 2001, por la cual se establecen las convalidaciones de los estudios de música y danza con determinadas áreas de enseñanza secundaria obligatoria y se regulan los estudios de bachillerato en música y danza (BOIB del 24).

Dado que en el artículo 7, punto 2 de la misma Orden se establece que los alumnos que superen el tercer ciclo del grado medio de música o danza y las materias comunes del bachillerato obtendrán el título de bachillerato.

Atendido el informe realizado por el Departamento de Inspección Educativa, con fecha 17 de abril de 2007 según el cual actualmente en la isla de Menorca los centros autorizados para poder seguir estudios de música o danza son la Escuela de Arte de Menorca y el IES Joan Ramis y Ramis, centros que se encuentran en Maón. De acuerdo con el informe mencionado, el próximo curso 07/08 alumnos matriculados actualmente en la extensión del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Menorca en Ciudadela, cursarán tercer ciclo de grado medio al mismo tiempo que quieren seguir estudios de bachillerato, y que, además, la mayoría de estos alumnos están matriculados en el IES Josep Mª Quadrado.

Atendida la propuesta de resolución de la Dirección General de Planificación y Centros Educativos de 12 de junio de 2007.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar al IES Josep Mª Quadrado de Ciudadela como centro autorizado en la isla de Menorca para cursar el bachillerato en música.

2. Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOIB.

El consejero de Educación y Cultura

Francesc J. Fiol Amengual

Palma, 13 de junio de 2007