El expediente administrativo obra en la sede Delegación Provincial de Agricultura de Ciudad Real, C/Alarcos, 21 donde podrá consultarse y formular las alegaciones que se consideren convenientes, pudiéndose proponer prueba, en el plazo de quince días. El pago anticipado por el interesado podrá suponer la terminación de expediente.
Si no se efectúan alegaciones el Acuerdo de Iniciación podrá considerar como propuesta de resolución.
Anexo l
Nº de Relación: 1
Expediente: 13VC070232
Denunciado: Juan Miguel García López
Denunciantes: Servicio de Produccion Agropecuaria de Ciudad Real
Hechos denunciados:
No haber presentado la declaración de cosecha relativa a uvas de la/s parcela/s y campañals reseñadals en el Anexo I que acompaña a este acuerdo de inicio.
Actuaciones Previas:
Sanciones que pueden corresponder: sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción: Según el artículo 42 de la Ley 24/2003, de 10 de julio, en el caso de infracciones graves en materia específica de viticultura, el importe de la sanción será del tanto al quíntuplo del valor de la producción afectada. Ésta se calculará multiplicando la producción anual media por hectárea en el quinquenio precedente en la zona o provincia donde está enclavada la superficie afectada por el precio media ponderado en el mismo periodo y en la misma provincia.
Medidas Provisionales:
E) Nombramiento de instructor:
Se nombra instructor a Felipe Huertas Rodríguez
Lo que se comunica a efectos de notificación, en concordancia con lo determinado en el art. 59.4 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ciudad Real, 13 de diciembre de 2007 El Delegado Provincial FRANCISCO CHICO DE CAMPOS
