Norma Vigente

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2006, de la Presidencia de la Comisión Nacional de Energía, por la que se delegan competencias en materia de contratación administrativa

Ficha de esta disposición

Título:
RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2006, de la Presidencia de la Comisión Nacional de Energía, por la que se delegan competencias en materia de contratación administrativa
Estado:
Vigente
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOE 88/2006
Fecha Disposición:
07/03/2006
Fecha Publicación:
13/04/2006
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2006, de la Presidencia de la Comisión Nacional de Energía, por la que se delegan competencias en materia de contratación administrativa.

En virtud del artículo 12 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, los Representantes legales de los Organismos Autónomos y demás Entidades Públicas Estatales y los directores generales de las distintas entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, son los órganos de contratación de unos y otros.

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Undécima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y en el artículo 25 del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía, corresponde al Presidente de la Comisión Nacional de Energía ostentar la representación legal de la Comisión.

En virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, con fecha 7 de marzo de 2006, se ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.-Delegar en el Director Gerente todas las facultades que corresponden a la Presidenta de la Comisión Nacional de Energía como órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Segundo.-Mensualmente el Director Gerente deberá informar a la Presidenta acerca de los datos esenciales de las contrataciones formali­zadas.

Tercero.-Cuantas Resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias delegadas establecidas en la presente Resolución deberán hacer expresa constancia de esta circunstancia.

Cuarto.-La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 7 de marzo de 2006.-La Presidenta, María Teresa Costa Campí.