Norma Vigente

RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de revisión salarial para el año 2009 del VIII Convenio colectivo de Masa Servicios, S.A

Ficha de esta disposición

Título:
RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de revisión salarial para el año 2009 del VIII Convenio colectivo de Masa Servicios, S.A
Estado:
Vigente
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOE 95/2009
Fecha Disposición:
02/04/2009
Fecha Publicación:
18/04/2009
Órgano Emisor:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Visto el texto del acuerdo de revisión salarial y las tablas económicas para el año 2009 del VIII Convenio Colectivo de la empresa Masa Servicios, S.A. (Código de Convenio n.º 9007930), publicado en el BOE de 8 de junio de 2007, revisión y tablas salariales que fueron suscritas, con fecha 10 de febrero de 2009, por la Comisión de Seguimiento de dicho convenio, en la que están integrados la Dirección de la empresa y el Comité de empresa, firmantes del convenio en representación, respectivamente, de la empresa y trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión y tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión de Seguimiento.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 2 de abril de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACUERDO DE REVISIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2009 DEL VIII CONVENIO COLECTIVO DE MASA SERVICIOS, S. A.

Representantes de los trabajadores:

D. Enrique Solé Ardèvol.

D. José Sans Serra.

D. Bartolomé Puig Terré.

D. Ángel Gracia Cenarro.

D. David Vernet Ariño.

D. José Úrsula Caballero.

Representación empresarial:

D. Manuel Brenes Bermúdez.

D. Juan Alcalde Espinar.

D. José María Bello Ferreiro.

En Barcelona siendo las 11 horas del 10 de febrero de dos mil nueve, se reúnen en las dependencias de la Empresa, los miembros integrantes de la Comisión de Seguimiento del VIII Convenio Colectivo Interprovincial de la empresa Masa Servicios, S.A., para revisar los valores económicos de los artículos 26, 27, 33, 34, 34 bis, 35, 35 bis, 36, 37, 38, 39, 40, 41 y anexos I, I bis, II, II bis, III y III bis, tras las deliberaciones de los mismos

ACUERDAN

Que, los conceptos económicos a cuenta para el año 2009, quedan como se recoge en las tablas anexas.

Dichas tablas se regularizarán aplicándoseles el IPC real que se produzca en el año 2009 con efectos 01/01/2009.

Con dicha regularización se da por cumplido el punto 3 del art. 29 del convenio.

Y para que conste y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente Acta, en el lugar y fecha anteriormente indicados.

Tablas económicas personal instrumentista de obra

Compensación por retén (instrumentistas obra) Euros
Por día laborable 11,96
Por día festivo 35,93
Por sábado y domingo 83,60
Por una semana 143,73
En caso de ser llamado de retén, las horas trabajadas se percibirán como extraordinarias, abonándose además la cantidad de 62,70 eur en los que se consideran incluidos, tanto el tiempo de desplazamiento como el gasto de locomoción.

En caso de ser llamado no estando de retén, se aplicará lo establecido en el párrafo anterior.

    Euros
Plus tóxico penoso peligroso (personal instrumentista) x mes 99,76
Plus transporte x mes 117,59
Plus de turnicidad (personal instrumentista) x hora 1,16
Plus de nocturnidad (personal instrumentista) x hora 1,85
Salario base bruto mensual (personal instrumentista) Euros
Maestro instrumentista 1.921,54
Técnico no titulado a (tnt-a) 1.795,52
Técnico no titulado b (tnt-b) 1.690,52
Oficial 1.ª a 1.585,53
Oficial 1.ª b 1.403,28
Oficial 1.ª c 1.275,43
Oficial 2.ª a 1.213,31
Oficial 2.ª b 1.063,23
Oficial 3.ª 975,12
Ayudante 887,00
Horas extras (personal instrumentista) Baremo a – Euros Baremo b – Euros
Maestro instrumentista 19,22 8,23
Técnico no titulado a (TNT-a) 19,22 8,23
Técnico no titulado b (TNT-b) 19,22 8,23
Oficial 1.ª a 19,22 8,23
Oficial 1.ª b 17,09 7,31
Oficial 1.ª c 13,78 5,90
Oficial 2.ª a 13,12 5,61
Oficial 2.ª b 12,44 5,31
Oficial 3.ª 12,10 5,17
Ayudante 10,42 4,46
Tablas económicas personal oficinas (técnico, administrativo, auxiliar, subalterno)

Salario base bruto mensual Euros
Ingeniero y licenciado 1.661,53
Peritos, técnico facul. minas y TNT 1.623,26
Jefes 1.ª administrativos 1.623,26
Jefes de taller 1.611,65
Jefes organiz. 1.ª delineante y dibujante proyectista 1.611,65
Jefe laboratorio 1.101,50
Jefe 2.ª administrativo y organiz. 1.101,50
Jefe de sección laboratorio 1.043,52
Delin. técnico organiz. 1.ª 1.043,52
Practicante y a.t.s 1.043,52
Maestro taller y contramaestre 1.130,48
Oficial 1.ª administrativo 1.072,51
Delin. téc. organiz. y administrativo 2.ª 1.043,52
Telefonista 887,00
Aux. admin. y laborat. calcador 887,00
Reproductor planos 887,00
Aspirante 608,72
Encargado 1.159,46
Chofer camión 1.043,52
Chófer turismo, almacén y conserje 985,55
Listero 887,00
Portero, ordenanza y vigilante 887,00
Dependiente comedor y limpiadoras 887,00
Horas extras (personal oficias: técnico, administrativo, auxiliar y subalterno) Baremo a – Euros Baremo b – Euros
Técnico senior 17,08 7,30
Técnico junior 14,43 6,20
Delineante proyectista 14,43 6,20
Jefe de equipo 14,51 6,20
Delineante 1.ª 12,92 5,54
Oficial 1.ª administrativo 12,92 5,54
Delineante 2.ª 12,48 5,38
Oficial 2.ª administrativo 12,48 5,38
Calquista 11,10 4,75
Auxiliar administrativo 11,10 4,75
Reproductor planos 11,10 4,75
Tablas económicas personal obrero no instrumentista

Compensación por retén Euros
Por día laborable 9,42
Por día festivo 28,29
Por sábado y domingo 70,56
Por una semana 112,94
En caso de ser llamado, las horas trabajadas se percibirán como extraordinarias, abonándose además la cantidad de 47,02 eur en los que se consideran incluidos, tanto el tiempo de desplazamiento como el gasto de locomoción.

En caso de ser llamado no estando de retén, se aplicará lo establecido en el párrafo anterior.

    Euros
Plus de turnicidad (personal no instrumentista) x hora 0,95
Plus de norturnidad (personal no instrumentista) x hora 1,18
Salario base bruto mensual (personal no instrumentista) Euros
Oficial 1.ª jefe equipo 1.101,50
Oficial 1.ª 1.043,52
Oficial 2.ª 994,83
Oficial 3.ª 911,34
Especialista 887,00
Ayudante 887,00
Peón 869,61
Plus tóxico penoso peligroso (personal no instrumentista) Euros
Contramaestre 83,20
Encargado 83,20
Jefe equipo 83,20
Oficial 1.ª 83,20
Oficial 2.ª 83,20
Oficial 3.ª 63,62
Especialista 63,62
Ayudante 63,62
Peón 63,62
Horas extras (personal no instrumentista) Baremo a – Euros Baremo b – Euros
Contramaestre 17,29 7,41
Encargado 15,34 6,60
Jefe equipo 14,43 6,20
Oficial 1.ª 13,48 5,78
Oficial 2.ª 12,63 5,43
Oficial 3.ª 12,57 5,40
Especialista 12,57 5,40
Ayudante 10,42 5,22
Peón 10,42 5,22
Condiciones no especificadas anteriormente (personal instrumentista de obra)

    Euros
Compensación de gastos de viaje por vacaciones x año 201,38
Media dieta x día trabajado 9,20
Dieta x día natural 32,01
Compl. de dieta ( 15 primeros días 11,56
Compl. de dieta (> 98 km) (art. 35º no compatible con art. 35.º bis). 30 primeros días 23,52
Compl. de dieta (>125 km) (art. 35º no compatible con art. 35.º bis). día 31 hasta al día 180 9,20
Compl. de dieta (>180 km) (art 35º bis no compatible con art. 35.º). 30 primeros días 30,01
Indemnización por traslado x trimestre 2.693,66
Dieta estancia x día natural 22,91
Personal en general

  Euros
Beneficios 224,93
Kilometraje 0,27
Ayuda escolar 204,50
Ayuda estudios 204,50
Nupcialidad 153,38
Natalidad 153,38
Ayuda minusválidos 644,18