Tipo de procedimiento: Estudio caso por caso para determinar si el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental (Ley 7/2006, de Protección Ambiental de Aragón, art. 24.2. Proyecto incluido en el anexo III, Grupo 9).
Promotor: Endesa Distribución Eléctrica, S. L. U.
Proyecto: Reforma de línea aérea de 25 kV derivación «Algayón», de la derivación al P.T. HU60981 hasta el C.T. HU60471, en el término municipal de Tamarite de Litera (Huesca).
Reforma de la línea de derivación «Algayón», de 3.818 m de longitud, consistente en la sustitución de 19 apoyos de madera por apoyos nuevos metálicos, y la instalación de nuevo conductor LA-56 de 9,45 mm de diámetro. Se mantiene el trazado actual.
Inicio en la torre metálica nº 10 existente de la línea aérea 25 kV derivación «Algayón» y final en nueva torre metálica nº 78 de la línea aérea 25 kV derivación «Algayón», de conversión aéreo-subterránea a C.T. HU60471.
Armados: Tresbolillo (TB-1,20), triángulo TR2 (Posición 1). La separación entre conductores será de 3 m, 2,40 m y 1,67 m. Se mantendrán 5 apoyos con cruceta tipo bóveda.
Aislamiento: cadenas de tipo caperuza-vástago, compuesta por 4 elementos E70/127 dispuestos en amarre.
Elementos especiales: el apoyo nº 78, de conversión aéreo-subterránea dispondrá de autoválvulas, pararrayos y terminales I. Por su parte, en el nº 10 se instalará cruceta de derivación al P.T. HU60981.
Documentación presentada: Documento Ambiental (Ley 7/2006, de Protección Ambiental de Aragón, art. 26). Fecha de presentación: 23 de febrero de 2009
Proceso de consultas para la adopción de la resolución
Administraciones, Instituciones y personas consultadas:
Ayuntamiento de Tamarite de Litera.
Comarca de La Litera
Dirección General de Energía y Minas.
Dirección General de Patrimonio Cultural.
Ecologistas en acción-Ecofontaneros.
Asociación Naturalista de Aragón.
Fundación para la conservación del Quebrantahuesos.
Sociedad Española de Ornitología (SEO/BIRDLIFE).
Anuncio en «Boletín Oficial de Aragón» nº 96, de 26 de mayo para identificar posibles interesados.
Respuestas recibidas:
Dirección General de Patrimonio Cultural. Resumen del informe: Se requieren labores de prospección arqueológica en las zonas afectadas por el proyecto para determinar la posible afección a yacimientos arqueológicos inéditos.
Ubicación del proyecto
Zona comprendida entre los núcleos de población de Tamarite de Litera y Algayón, en el término municipal de Tamarite de Litera (Huesca), con un trazado rectilíneo entre estos dos núcleos. Las coordenadas UTM (Huso 31T) de inicio y fin de la línea son: 285.180/4.637.382 y 282.647/4.634.748. La zona queda recogida en las hojas topográficas nº 326 «Monzón» y 358 «Almacellas».
Caracterización de la ubicación:
Aspectos generales
Entorno agrícola de regadío, con numerosas balsas de riego y almacenes agrícolas dispersos. La escasa vegetación natural existente se encuentra en los lindes de las parcelas.
Presencia probable en la zona de carraca, y, en un entorno más lejano, de sisón, incluido como «Vulnerable» en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, de acuerdo al Decreto 181/2005, de 6 de septiembre, del Gobierno de Aragón.
Aspectos singulares
Sin catalogación.
Potenciales impactos del proyecto y valoración
Eliminación de vegetación natural como consecuencia de la colocación de los apoyos:
Valoración: impacto bajo al ubicarse los apoyos en los lindes de las parcelas de cultivo.
Afección a la avifauna.
Valoración: impacto positivo dado que la reforma supone una disminución del riesgo de mortalidad frente a la situación actual.
Visto el expediente administrativo incoado, la propuesta formulada por el Área II del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, los criterios establecidos en el anexo IV de la Ley 7/2006, de Protección Ambiental de Aragón, para la valoración de la existencia de repercusiones significativas sobre el medio ambiente y el resultado de las consultas previas he resuelto:
No someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el Proyecto de Reforma de línea aérea de 25 kV derivación «Algayón», de la derivación al P.T. HU60981 hasta el C.T. HU60471, en el Término Municipal de Tamarite de Litera (Huesca), por los siguientes motivos:
La reducción de los riesgos sobre la avifauna respecto a la situación actual.
La limitada afección a la vegetación natural.
La escasa magnitud de los impactos.
El establecimiento de las siguientes medidas correctoras:
1. Los apoyos tipo bóveda deberán cumplir la distancia de seguridad de 0,88 m entre la base de la bóveda y el conductor central. En caso contrario, se aislará la grapa y 1 m de conductor a cada lado de la misma en las cadenas en suspensión, o se forrará el puente central en las cadenas dispuestas en amarre.
2. En los apoyos especiales nº 10 de derivación y nº 78 de seccionamiento, se aislarán los puentes de unión entre los elementos en tensión.
3. Los apoyos con armado en triángulo nº 44, 57 y 78 se instalarán en posiciones 4, 5 ó 6 que permiten alcanzar una distancia mayor de 1,5 m entre la semicruceta inferior y el conductor superior. Por tanto, se descartará la colocación de armados en posición 1 como figura en el Documento Ambiental.
4. Se instalarán balizas salvapájaros en el tramo entre los apoyos nº 25 y nº 32, colocadas alternativamente en cada uno de los tres conductores, de manera que se genere un efecto visual de una señal cada 7 m. Las balizas de neopreno deberán colocarse en el momento del tensado de los cables, aunque el tendido eléctrico no esté en funcionamiento.
5. Se realizarán labores de prospección arqueológica en el ámbito del proyecto y los resultados deberán ser remitidos a la Dirección General de Patrimonio Cultural para su informe.
6. Durante la vida útil de la línea, su titular mantendrá los materiales aislantes y las balizas salvapájaros en perfecto estado, debiendo proceder a su renovación periódica cuando pierdan sus propiedades de protección para las aves.
7. Los residuos resultantes de la línea a desmontar, incluyendo la cimentación de los apoyos, se retirarán del campo y se gestionarán adecuadamente conforme a su calificación. Asimismo, se retirarán los materiales y elementos sobrantes de la construcción, dejando la zona en perfectas condiciones de limpieza.
8. Se comunicará con suficiente antelación al Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca el inicio de las obras, al objeto de que se pueda realizar la vigilancia sobre la correcta aplicación de las medidas de protección para la avifauna.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 26.3 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental, la presente Resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón».
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, de creación del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Excmo. Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Zaragoza, 1 de julio de 2009.
El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,
CARLOS ONTAÑÓN CARRERA
