La solicitud de ayuda formulada no va acompañada de todos los documentos que exige el Decreto 179/2002 de 02/12/2002 de Desarrollo de Ingreso Mínimo de Solidaridad, Ayudas de Emergencia Social y Prestaciones Económicas a favor de colectivos desfavorecidos y Orden del 29/12/2009 por la que se convocan prestaciones económicas a favor de personas en situación de Emergencia Social.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le requiere para que en el plazo de diez días subsane la falta o complete la documentación que se indica en el anexo adjunto. Si así no se hiciera se dictará resolución acordando la conclusión del procedimiento por desistimiento de los interesados.
Cuenca, 1 de febrero de 2012
El Coordinador Provincial
CARLOS NAVARRO ARRIBAS
Anexo - Documentación requerida:
- Certificado de saldo bancario medio de los últimos 90 días.
- Solicitud de alta/modificación de ficha de tercero sellada y firmada por el banco.
