Resolución de 01/02/2012, de los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales de Cuenca, por la que se acuerda publicar las resoluciones de reintegro de la subvenciones de ayuda según se relacionan en el anexo I. [2012/1748]

Ficha de esta disposición

Título:
Resolución de 01/02/2012, de los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales de Cuenca, por la que se acuerda publicar las resoluciones de reintegro de la subvenciones de ayuda según se relacionan en el anexo I. [2012/1748]
Nº de Disposición:
01/02/2012
Boletín Oficial:
DOCM 30
Fecha Publicación:
09/02/2012
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES
No habiendo/se podido realizar la notificación personal, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar, mediante su inserción en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, la resoluciones de reintegro de ayuda dictadas en fecha en cuya parte dispositiva se dice:

1º. Declarar el incumplimiento de la obligación de la justificación de la subvención.

2º. Declarar que, como consecuencia de lo anterior, procede el reintegro de la cantidad que se indica en el Anexo I.

3º. El reintegro deberá efectuarse en el siguiente plazo de ingresos voluntario:

a) Si el acuerdo se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b) Si el acuerdo se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera verificado el reintegro, se procederá a su exacción por vía de apremio, o a su compensación con pagos a su favor.

4º. El ingreso del reintegro se efectuará a favor de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la cuenta de recaudación de tributos y demás derechos de la Comunidad de los Servicios Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda, y que es la siguiente: 2105 2040 32 1252000114 de Caja Castilla-La Mancha.

En el documento de ingreso u orden de transferencia, deberá hacerse constar que la causa del ingreso es el reintegro de la subvención de que se trate y lo comunicará a este órgano gestor, remitiendo copia del citado documento.

5º. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad y Asuntos Sociales en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuenca, 1 de febrero de 2012

El Coordinador Provincial

CARLOS NAVARRO ARRIBAS

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