El correspondiente expediente, así como el texto íntegro de la resolución obra en el Servicio de Atención a la Dependencia, de los Servicios Periféricos de Ciudad Real, sito en Ctra. de Fuensanta, nº 69, pudiéndose interponer recurso de alzada frente a la misma, en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente a la publicación de la presente en el D.O.C.M.
Transcurrido el plazo citado sin que se haga uso del mencionado recurso, la Resolución de inadmisión de la revisión devendrá firme y definitiva.
Lo que se publica a los efectos oportunos, de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
Ciudad Real, 1 de febrero de 2012
El Coordinador Provincial
LUIS ALBERTO MARÍN MORALES
