REGLAMENTO (UE) Nº 221/2010 DE LA COMISIÓN de 16 de marzo de 2010 por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

Ficha de esta disposición

Título:
REGLAMENTO (UE) Nº 221/2010 DE LA COMISIÓN de 16 de marzo de 2010 por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas
Nº de Disposición:
221/2010
Boletín Oficial:
DOUE 67
Fecha Disposición:
16/03/2010
Fecha Publicación:
17/03/2010
Órgano Emisor:
COMISION EUROPEA
LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),

Visto el Reglamento (CE) nº 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) nº 2200/96, (CE) nº 2201/96 y (CE) nº 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas (2), y, en particular, su artículo 138, apartado 1,

Considerando lo siguiente: El Reglamento (CE) nº 1580/2007 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores de importación a tanto alzado de terceros países correspondientes a los productos y períodos que figuran en el anexo XV, parte A, de dicho Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1 En el anexo del presente Reglamento quedan fijados los valores de importación a tanto alzado a que se refiere el artículo 138 del Reglamento (CE) nº 1580/2007.

Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el 17 de marzo de 2010. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de marzo de 2010. Por la Comisión, en nombre del Presidente Jean-Luc DEMARTY Director General de Agricultura y Desarrollo Rural

(1) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

(2) DO L 350 de 31.12.2007, p. 1.

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