Primero.-Conceder a las Corporaciones Locales que se relacionan en el anexo, las subvenciones cuyas cuantías se señalan en el referido anexo y cuyo importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.10.322H.461 del presupuesto de gastos del Ministerio de Educación y Ciencia.
Segundo.-Las Corporaciones Locales beneficiarias de las subvenciones deberán ajustarse a las instrucciones que cada Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia establezca sobre el seguimiento de estas actuaciones.
Tercero.-1. Las Corporaciones Locales beneficiarias de las subvenciones deberán justificar, de acuerdo con la legislación vigente, la correcta inversión de las mismas mediante la documentación a que se hace referencia en el apartado undécimo de la citada Orden.
2. Las respectivas Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Ciencia deberán remitir a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa la documentación a la que se refiere el punto anterior.
3. La Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa realizará las comprobaciones que estime pertinentes para asegurar que los servicios se prestan conforme a los proyectos presentados.
Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en la Ley 29/1988, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 29 de agosto de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Pérez Iriarte.
ANEXO
