Por la presente Orden se crea un fichero, que contiene datos de carácter personal, en soporte informático que es: Videovigilancia (Videovigilancia edificios Puerta del Sol,7 y Carretas, 4. Madrid), adscrito a la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno.
La creación de este fichero cumple las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, del Decreto 99/2002, de 13 de junio, por el que se regula el procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal y de la Instrucción 1/2007, de 16 de mayo, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el tratamiento de datos personales a través de sistemas de cámaras o videocámaras en el ámbito de los órganos y Administraciones públicas de la Comunidad de Madrid.
La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.
Por cuanto antecede, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio,
DISPONGO
Artículo único
Creación de fichero
1. Se crea el fichero de datos de carácter personal Videovigilancia, en soporte informático, adscrito a la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno que se regula en el Anexo único de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.
2. En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en los ficheros que se crean, se cumple, en los términos que se establecen en la regulación efectuada en el Anexo único, lo previsto por el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
DISPOSICIÓN FINAL
Única
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 15 de octubre de 2008.
El Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ
ANEXO ÚNICO
CREACIÓN DE FICHEROS
Fichero: VIDEOVIGILANCIA.
1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno, Secretaría General Técnica, Secretaría General Técnica.
2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno, Secretaría General Técnica, Secretaría General Técnica.
3. Nombre y descripción del fichero que se crea: VIDEOVIGILANCIA. VIDEOVIGILANCIA EDIFICIOS PUERTA DEL SOL, 7 Y CARRETAS, 4.
4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.
5. Sistema de información al que pertenece el fichero: Sistema informatizado de captación de imágenes.
6. Medidas de seguridad que se aplican: Básico.
7. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: Datos de carácter identificativo: Imagen/voz, otros, fecha y hora.
8. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: VIDEOVIGILANCIA DEL ACCESO Y DE LAS INSTALACIONES DE LOS EDIFICIOS PÚBLICOS SEDES DE LA PRESIDENCIA Y DE LA VICEPRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
9. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: CIUDADANOS Y EMPLEADOS PÚBLICOS.
10. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: Procedencia de los datos: El propio interesado o su representante legal. Procedimiento de recogida: Otros, cámaras de videovigilancia.
11. Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales:
No se prevén cesiones.
(03/29.653/08)
