ORDEN 422/2008, de 15 de octubre, por la que se crea el fichero informatizado de datos de carácter personal adscrito a la Secretaría General Técnica, denominado Videovigilancia

Ficha de esta disposición

Título:
ORDEN 422/2008, de 15 de octubre, por la que se crea el fichero informatizado de datos de carácter personal adscrito a la Secretaría General Técnica, denominado Videovigilancia
Nº de Disposición:
422/2008
Boletín Oficial:
BOCM 263
Fecha Disposición:
04/11/2008
Fecha Publicación:
04/11/2008
Órgano Emisor:
VICEPRESIDENCIA Y PORTAVOCIA DEL GOBIERNO
La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en su artículo 4, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal se realizará mediante disposición de carácter general, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y que en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid la aprobación de aquella disposición se hará mediante Orden del Consejero respectivo. En el mismo artículo se establecen los aspectos que se deben indicar en las disposiciones de creación de ficheros de datos de carácter personal, desarrollados por el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

Por la presente Orden se crea un fichero, que contiene datos de carácter personal, en soporte informático que es: Videovigilancia (Videovigilancia edificios Puerta del Sol,7 y Carretas, 4. Madrid), adscrito a la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno.

La creación de este fichero cumple las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, del Decreto 99/2002, de 13 de junio, por el que se regula el procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal y de la Instrucción 1/2007, de 16 de mayo, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el tratamiento de datos personales a través de sistemas de cámaras o videocámaras en el ámbito de los órganos y Administraciones públicas de la Comunidad de Madrid.

La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Por cuanto antecede, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio,

DISPONGO

Artículo único

Creación de fichero

1. Se crea el fichero de datos de carácter personal Videovigilancia, en soporte informático, adscrito a la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno que se regula en el Anexo único de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

2. En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en los ficheros que se crean, se cumple, en los términos que se establecen en la regulación efectuada en el Anexo único, lo previsto por el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de octubre de 2008.

El Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

ANEXO ÚNICO

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: VIDEOVIGILANCIA.

1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno, Secretaría General Técnica, Secretaría General Técnica.

2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno, Secretaría General Técnica, Secretaría General Técnica.

3. Nombre y descripción del fichero que se crea: VIDEOVIGILANCIA. VIDEOVIGILANCIA EDIFICIOS PUERTA DEL SOL, 7 Y CARRETAS, 4.

4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

5. Sistema de información al que pertenece el fichero: Sistema informatizado de captación de imágenes.

6. Medidas de seguridad que se aplican: Básico.

7. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: Datos de carácter identificativo: Imagen/voz, otros, fecha y hora.

8. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: VIDEOVIGILANCIA DEL ACCESO Y DE LAS INSTALACIONES DE LOS EDIFICIOS PÚBLICOS SEDES DE LA PRESIDENCIA Y DE LA VICEPRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

9. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: CIUDADANOS Y EMPLEADOS PÚBLICOS.

10. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: Procedencia de los datos: El propio interesado o su representante legal. Procedimiento de recogida: Otros, cámaras de videovigilancia.

11. Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales:

No se prevén cesiones.

(03/29.653/08)