PRIMERO.- Mediante escrito, con fecha de entrada en el Registro General de la Diputación Foral de Álava del día 12 de enero de 2012, el Ayuntamiento de Lantaróncomunica a la Diputación Foral de Álava el cambio habido en la redacción de los artículos 2 y 9 de los estatutos de la Entidad Urbanística de Conservación del Polígono Industrial, Sector 1, a fin de que sea efectuada la inscripción oportuna en el Registro de Agrupaciones de Interés Urbanístico.
SEGUNDO.- La Entidad Urbanística de Conservación del Sector 1, Polígono Industrial de Lantarón, fue inscrita en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Álava en virtud de la Orden Foral núm. 574/2004, de 30 de junio, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente.
FUNDAMENTOS
Primero.- El Ayuntamiento de Lantaróncomunica Decreto de Alcaldía de fecha 22 de diciembre de 2011 por el que se aprueba modificar la redacción de los artículos 2 y 9 de los estatutos.
Segundo.- Establece el artículo 27 del Reglamento de Gestión Urbanística que las incidencias que se produzcan en la Entidad Urbanística de Conservación, se inscribirán en el Registro de Agrupaciones de Interés Urbanístico.
Tercero.- El Servicio de Urbanismo eleva informe de conformidad a derecho de las modificaciones introducidas en la Entidad y proponiendo su inscripción en el Registro.
En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen, DISPONGO
Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Agrupaciones de Interés Urbanístico de la modificación habida en la redacción de los artículos 2 y 9 de los Estatutos de la Entidad Urbanística de Conservación del Sector 1 Polígono Industrial de Lantarón, de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Lantarón.
Segundo.- Publicar la presente resolución en el BOTHA.
Vitoria-Gasteiz, 30 de enero de 2012.-La diputada de Medio Ambiente y Urbanismo, MARTA RUIZ CERRILLO.
