ORDEN de 25 de mayo de 2007, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se autoriza la encomienda de gestión a la Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S. A. (SODEMASA) para la prestación de servicios y ejecución de obras ligados a la gestión de la Red Natural de Aragón

Ficha de esta disposición

Título:
ORDEN de 25 de mayo de 2007, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se autoriza la encomienda de gestión a la Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S. A. (SODEMASA) para la prestación de servicios y ejecución de obras ligados a la gestión de la Red Natural de Aragón
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOA 86
Fecha Disposición:
25/05/2007
Fecha Publicación:
20/07/2007
Órgano Emisor:
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
ORDEN de 25 de mayo de 2007, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se autoriza la encomienda de gestión a la Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S. A. (SODEMASA) para la prestación de servicios y ejecución deobras ligados a la gestión de la Red Natural de Aragón.

La Ley 4/1989, de 27 de Marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, establece las diferentes tipologías de espacios naturales protegidos que posteriormente recogió la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de EspaciosNaturales Protegidos de Aragón. El artículo 46 de esta Ley creó, además, la Red de Espacios Naturales Protegidos de Aragón, constituida por todos los espacios naturales protegidos existentes en la Comunidad Autónoma.

Existen en el territorio aragonés, otros elementos naturales relevantes por su singularidad desde el punto de vista ecológico, paisajístico o cultural que merecen ser protegidos, como son los humedales y los árboles singulares. Igualmente, debentenerse en cuenta los espacios incluidos en la Red Natura 2000, demostración del importante esfuerzo y contribución de nuestra Comunidad a la preservación de los valores naturales de nuestro territorio.

Con el fin de coordinar los sistemas de gestión de todos estos espacios, promocionar homogéneamente los mismos y establecer directrices comunes que contribuyan a la conservación de sus valores y al uso sostenible de sus recursos, la Ley 8/2004,de 20 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, creó la Red Natural de Aragón. Se definen como elementos integrantes mínimos de la misma los espacios naturales protegidos regulados en la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de EspaciosNaturales Protegidos de Aragón (Parques Nacionales, Parques Naturales, Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Paisajes Protegidos) que hayan sido declarados a través de su correspondiente instrumento normativo en la Comunidad Autónoma de Aragón;los humedales de importancia internacional incluidos en el Convenio RAMSAR; las Reservas de la Biosfera; los espacios incluidos en la Red Natura 2000; los humedales; los árboles singulares y cualquier otro hábitat o elemento que se pueda identificarcomo de interés natural en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El fin último de la creación de la Red podría definirse como el extender a todos los elementos integrantes de la misma los objetivos que, para los espacios naturales protegidos, establece la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios NaturalesProtegidos de Aragón: la conservación de la naturaleza y la promoción y el desarrollo socioeconómico del territorio, compatibilizando al máximo la conservación de sus valores naturales con el aprovechamiento ordenado de sus recursos y su utilizacióncon fines científicos, educativos, culturales y recreativos.

La existencia de la Red Natural de Aragón como identidad propia y diferenciada es relativamente reciente, lo que se traduce en que las experiencias de gestión de la Red como unidad son limitadas. Por contra, se pueden analizar extensamente lostrabajos que el Departamento de Medio Ambiente ha venido realizando sobre los diferentes elementos de la Red, con especial énfasis en los espacios naturales protegidos.

En cuanto a la planificación de la gestión, para los espacios naturales protegidos que así lo requieren, se han elaborado los correspondientes planes y programas: Planes rectores de uso y gestión, planes de protección, planes de conservación,programas de seguimiento ecológico y programas de uso público. También, para determinados espacios, se ha trabajado en la implantación del sistema de calidad turística en espacios naturales protegidos. Para los lugares de importancia comunitaria yzonas de especial protección para las aves se ha iniciado la redacción de planes de conservación y, por lo que respecta a los árboles singulares y los humedales, se han completado los correspondientes inventarios.

En relación con la gestión activa sobre el terreno, se ha desarrollado también de una forma más notoria en los espacios naturales protegidos. Ha sido prioritaria la construcción y mantenimiento de infraestructuras ligadas al uso público: redviaria, aparcamientos, senderos, señalización, miradores, refugios, centros de interpretación, oficinas de información, etc.... pero también se trabaja desde la perspectiva de la prevención (servicios de información y vigilancia), la conservación(estudios, censos, seguimientos) y la mejora de los recursos naturales (mejora y adecuación de hábitats, restauración de entornos degradados).

Mención aparte merecen las actuaciones de información y sensibilización ambiental; partiendo del principio de que la conservación de la riqueza natural aragonesa sólo puede lograrse si se cuenta con la colaboración de toda la población. Se harealizado un esfuerzo ingente en este aspecto. Destacan las numerosas campañas de divulgación de los diferentes elementos de la Red, con especial protagonismo nuevamente de los espacios naturales protegidos, la elaboración de materiales divulgativosy educativos (folletos, publicaciones,...), las actividades organizadas alrededor de los centros de interpretación, así como los contenidos interpretativos de los mismos.

Por último, y como novedad respecto a la gestión habitual que desde la mayor parte de las comunidades autónomas suele hacerse de los espacios naturales, debe destacarse el esfuerzo del Departamento de Medio Ambiente en el ámbito del fomento deldesarrollo socioeconómico, detectando las necesidades existentes entre la población, identificando nuevas oportunidades empresariales y dinamizando la iniciativas locales de desarrollo vinculadas a la conservación de los espacios. Debe citarse lareciente creación de Oficinas de Desarrollo Socioeconómico en algunos espacios naturales protegidos, de acuerdo con lo expresado en el artículo 44.2 de la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón, en los términosexpuestos por el artículo 51 de la Ley 12/2004, de 29 de diciembre de Medidas Tributarias y Administrativas en materia de medio ambiente, que vino a modificar aquel artículo.

El nuevo modelo de gestión de la Red Natural de Aragón pasa no sólo por realizar una gestión activa e integradora de cada uno de los elementos de la misma, que hasta el momento se ha producido de forma singularizada, sino por realizar estagestión desde una visión integral de lo que deben ser los vértices dinamizadores de la Red: la conservación de sus ecosistemas naturales, el uso público de sus elementos y el desarrollo de aspectos socio-económicos ligados a la misma con suficientecapacidad para anticiparse y responder a las necesidades locales.

Así pues, es objeto clave del Departamento de Medio Ambiente para los próximos años dotar a la Red de este sistema de gestión, contribuyendo paralelamente, y en la medida de lo posible, a la territorialización administrativa de la Red Natural deAragón en el ámbito comarcal, permitiendo, de esta manera, conservar la integridad ecológica y la biodiversidad de sus ecosistemas, fomentar un uso racional de sus servicios ambientales, y favorecer un desarrollo económico solidario, equilibrado ysostenible.

Para la ejecución de esta nueva línea de actuación, el Departamento de Medio Ambiente precisa apoyarse en un instrumento empresarial que garantice una gestión ágil y eficaz, así como la debida coordinación y unidad de criterio respecto a lasmedidas adecuadas para fomentar el desarrollo local vinculado a la Red Natural de Aragón.

Así pues, por razones de eficacia, se ha considerado adecuado utilizar el instrumento de la encomienda de gestión a la empresa pública SODEMASA para ejecutar actividades de carácter material (ejecución de obras de infraestructuras ligadas a lagestión de la Red Natural de Aragón), así como la prestación de servicios ligados a dicha gestión, como ya se hizo mediante Orden, de este mismo Departamento, de 7 de junio de 2006, que ha permitido realizar con eficacia una serie de actuacionesconcretas en el entorno de ciertos espacios de la Red Natural de Aragón, así como también ha contribuido de forma apreciable al fomento del desarrollo socioeconómico de las áreas de influencia socioeconómica de dichos espacios

Mediante el Decreto 237/2003, de 2 de septiembre, del Gobierno de Aragón, se constituye la empresa pública «Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S. A. (SODEMASA), convirtiendo a esta sociedad mercantil, bajo la forma de sociedadanónima, en una herramienta de gestión ágil y eficaz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónomade Aragón, los artículos 72 y siguientes del Decreto Legislativo 2/2000, de 29 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Capítulo IV del Título VI del Decreto Legislativo2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El objeto social de la empresa pública SODEMASA es la promoción, ejecución, contratación o explotación de obras de infraestructura local, comarcal, provincial o regional y el ejercicio complementario de cualesquiera actividades que debanconsiderarse partes o elementos de las infraestructuras y estén relacionados con éstas; la contratación y prestación de servicios, asistencias técnicas, consultorías y trabajos; la gestión de servicios públicos; la contratación y elaboración deestudios, planes, proyectos e informes y la realización de cualesquiera actuaciones relacionadas con el ciclo del agua, la protección, administración y gestión de montes y espacios naturales protegidos, la prevención y lucha contra incendiosforestales, la gestión integral de residuos, la gestión y explotación de actividades económicas relacionada con recursos o valores medio ambientales y cualquier otra actividad relacionada, directa o indirectamente, con el medio ambiente, eldesarrollo sostenible y el desarrollo territorial.

El Departamento de Medio Ambiente, en virtud del Decreto 37/2004, de 24 de febrero del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba su estructura orgánica, tiene atribuida la competencia en materia de conservación del medio natural así como lautilización racional de éste para un desarrollo sostenible del mismo. Más concretamente corresponde a la Dirección General del Medio Natural la coordinación y la planificación de la gestión de los espacios naturales protegidos, la del ParqueNacional de Ordesa y Monte Perdido y la planificación y gestión de la Red Natura 2000, así como las acciones dirigidas al fomento del desarrollo socioeconómico en las áreas de influencia de los espacios naturales.

Las relaciones de la empresa publica SODEMASA con el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, en su condición de medio propio y servicio técnico tienen naturaleza instrumental y no contractual, por lo que, a todos los efectos, sonde carácter interno, dependiente y subordinado. A ello se une el hecho de que la empresa ha demostrado hasta el momento una acreditada experiencia y eficacia en la prestación y gestión de servicios.

Estas razones de eficacia justifican la colaboración de la Sociedad de Desarrollo Ambiental de Aragón, S. A. (SODEMASA), creada por el Decreto 237/2003, de 2 de septiembre, del Gobierno de Aragón y adscrita al Departamento de Medio Ambiente y,capacitada para realizar, como medio propio, las actuaciones que se prevén en la presente Orden.

De acuerdo con lo anterior, procede realizar la presente encomienda de gestión al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, que establece que podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de la misma, o de distinta Administración, la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganosadministrativos, o de las Entidades de derecho público, por razones de eficacia, o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño, teniendo en cuenta que la encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competenciani de los elementos sustantivos de su ejercicio.

En este sentido el artículo 38 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón establece que la encomienda de gestión aun órgano perteneciente al mismo Departamento encomendante o a un organismo público dependiente del mismo, precisará de la autorización del Consejero correspondiente. La Orden mediante la que se autorice la encomienda de gestión contendrá el régimenjurídico de la encomienda, con mención expresa a la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada y obligaciones que asuman el órgano o la entidad encomendados y, en su caso, laAdministración autonómica.

Asimismo el artículo 3.1 l) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Disposición final 4.2 de la Ley42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, dispone que se consideran excluidos de su ámbito las encomiendas de gestión que se confieran a entidades y sociedades cuyo capital sea en su totalidad de titularidadpública y sobre las que la Administración que efectúe la encomienda ostente un control análogo al que ejerce sobre sus propios servicios, siempre que estas sociedades y entidades realicen la parte esencial de su actividad con la entidad o entidadesque las controlan.

Por todo lo anteriormente expuesto, dispongo:

Primero.-Objeto de la encomienda de gestión.

1.-La presente encomienda de gestión tiene por objeto encargar a la empresa pública «Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S. A.» (SODEMASA) la ejecución de actividades de carácter material (ejecución de obras de infraestructurasligadas a la gestión de la Red Natural de Aragón), así como la prestación de servicios ligados a dicha gestión, tal y como se relaciona en el anexo de la presente Orden.

2.-La ejecución de actividades y prestación de servicios se desarrollan entorno a las siguientes líneas estratégicas de desarrollo de la Red Natural de Aragón:

a) Fomento y mejora de infraestructuras básicas y de uso publico.

b) Apoyo a la diversificación de la economía local.

c) Apoyo a la calidad y promoción turística .

d) Valorización de los recursos humanos.

e) Coordinación de agentes socioeconómicos.

Segundo.-Ambito territorial de la encomienda de gestión.

La ejecución de obras y la prestación de servicios objeto de la encomienda de gestión se circunscriben al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero. Reserva de la titularidad

1.-De conformidad con el Decreto 37/2004, de 24 de febrero del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, modificado por el Decreto 145/2005, de 26 de julio, corresponde a la DirecciónGeneral del Medio Natural la coordinación y la planificación de la gestión de los espacios naturales protegidos, la del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido y la planificación y gestión de la Red Natura 2000, así como las acciones dirigidas alfomento del desarrollo socioeconómico en las áreas de influencia de los espacios naturales.

2.-La presente encomienda de gestión a la empresa pública SODEMASA no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio que el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón tiene atribuidaspor la normativa vigente.

3.-El Departamento de Medio Ambiente dictará los actos y resoluciones de carácter jurídico que se requieran para la correcta actividad material y de prestación de los servicios que se encomiendan y las instrucciones necesarias para el desarrolloy ejecución de la presente Orden.

Cuarto.-Obligaciones que asume SODEMASA.

La empresa SODEMASA está obligada a:

a) Presentar el plan de trabajo que deberá ajustarse a lo establecido en la presente Orden.

b) Presentar un informe justificativo de la actividad, con una periodicidad al menos bimensual, en el que señalará las actuaciones ejecutadas en cumplimiento de la encomienda de gestión, así como el grado de cumplimiento, evolución y valoraciónde las mismas y su coste. En dicho informe se recogerán las desviaciones observadas para realizar, en su caso, las acciones correctoras pertinentes, así como los reajustes necesarios en las actuaciones propuestas por la Comisión de Seguimiento.

b) Remitir a la Dirección General de Medio Natural un informe anual que contendrá al menos una memoria descriptiva sobre las actividades realizadas, grado de cumplimiento de los objetivos, detalle de todos los conceptos de gastos e ingresosdevengados durante el ejercicio económico y la liquidación de gastos o ingresos financieros y de gastos de gestión correspondientes al ejercicio que se cierre.

c) Mantener informada a la Dirección General del Medio Natural de cuantas incidencias se produzcan en el desarrollo de la encomienda de gestión y, en particular, de las correspondientes en materia de personal. La contratación y la sustitución delos gerentes socioeconómicos no podrá realizarse sin la comunicación previa al Director General.

Quinto.-Supervisión y gestión administrativa.

El Director General del Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón supervisará el desarrollo de los contenidos comprendidos en el Anexo de la encomienda que se efectúa a la empresa pública SODEMASA.

Sexto.-Comisión de Seguimiento.

1.-Se crea una Comisión de Seguimiento para asesoramiento del Director General de Medio Natural, responsable directo de la planificación y gestión de la Red Natural de Aragón.

2-. La composición será la siguiente:

a) Presidente: El Director General de Medio Natural.

b) Vocales:

- El Jefe de Servicio de la Red Natural de Aragón y del Parque de Ordesa.

- El Jefe de Servicio de Coordinación y Planificación Forestal.

- Los Directores de los Servicios Provinciales de Medio Ambiente.

- El Director Gerente de SODEMASA.

- El Director de Area de Medio Natural de SODEMASA.

c) Actuará como Secretario de la Comisión un funcionario de la Secretaría General Técnica.

3.-Serán funciones de la Comisión, entre otras:

a) Proponer al Consejero de medio Ambiente la ampliación o reducción del contenido de la encomienda de gestión respecto de las obras y servicios establecidas en el anexo de la presente Orden, así como reajustar los proyectos al cumplimiento delos objetivos de la encomienda.

b) Conocer y evaluar el plan de trabajo elaborado por SODEMASA en relación con las actuaciones ejecutadas en cumplimiento de la encomienda de gestión.

c) Conocer y pronunciarse sobre el grado de cumplimiento, evolución y desviaciones observadas en el plan de trabajo.

d) Analizar las incidencias que pueden repercutir en la viabilidad de las obras y servicios encomendados y adoptar propuestas sobre las acciones correctoras pertinentes.

e) Informar sobre todos aquellos aspectos relacionados con la ejecución de obras o prestación de los servicios encomendados.

Séptimo.-Contratación con terceros.

La contratación que se realice por SODEMASA con terceros a los efectos de la ejecución de los trabajos encomendados se ajustará a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de contratos de las Administraciones Públicas.

Octavo.-Vigencia.

1.-La vigencia de la encomienda se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2007.

2.-Por Orden del Consejero de Medio Ambiente podrá acordarse la cesación en la gestión por SODEMASA de la totalidad o parte de las obras y servicios cuya ejecución se le encomienda, sin perjuicio, y en función de las disponibilidadespresupuestarias, de las compensaciones a que pudiera tener derecho SODEMASA por las inversiones no amortizadas.

3.-Igualmente, por Orden expresa del Consejero de Medio Ambiente y previa comunicación a SODEMASA, la presente encomienda de gestión podrá extenderse a otras obras y servicios distintas de las establecidas en el Anexo I siéndoles de aplicaciónlas demás condiciones establecidas en la presente Orden.

Noveno.-Recursos económicos.

1.-Para la ejecución de la encomienda de gestión, el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón acuerda la transferencia de financiación para el año 2007 a la empresa pública SODEMASA por un importe de UN MILLON SETECIENTOS CINCUENTAMIL SEISCIENTOS EUROS (1.750.600 euros)

Año 2007: 1.750.600 euros

2.-La transferencia de financiación de la cantidad presupuestada se efectuará con cargo a las aplicación presupuestaria 1902533160700091002.

3.-A los efectos del punto anterior, por SODEMASA se dispondrá de una contabilidad específica donde deberá reflejar en cada momento la situación económico-financiera de la Red.

Décimo.-Forma de pago.

1.-El pago de las actuaciones ejecutadas por SODEMASA se realizará mediante certificaciones parciales a cuenta, , c conforme a las actuaciones efectivamente realizadas y previa presentación de factura y del informe de actividad y de costes a quehace referencia el apartado cuarto, b) de la presente Orden.

2.-Se podrá efectuar un anticipo de hasta el 10% del importe de la primera anualidad del presupuesto en el momento de la aceptación de la encomienda por SODEMASA.

Decimoprimero.-Eficacia.

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 25 de mayo de 2007.

El Consejero de Medio Ambiente, ALFREDO BONE PUEYO

Ver Anexo