De conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de Alimentación, vista la solicitud de homologación de un contrato-tipo de compraventa de pomelo con destino a su transformación en zumo, formulada por la Asociación Interprofesional de Limón y Pomelo (AILIMPO), acogiéndose a la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley y a fin de que los solicitantes puedan disponer de un documento acreditativo de la contratación ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en su virtud dispongo:
Artículo 1.
Se homologa según el régimen establecido por la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, el contrato-tipo de compraventa de pomelo para su transformación en zumo, cuyo texto figura en el anexo de esta disposición.
Artículo 2.
El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será el de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Orden.
Disposición final.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado,
Madrid, 15 de octubre de 2001.
ARIAS CAÑETE
Ilmos. Sres. Subsecretario de Agricultura Pesca y Alimentación y Director general de Alimentación.
