Conforme a lo establecido en el artículo 19.1 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora y en el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, podrán examinar el expediente, en el Negociado de Infracciones Administrativas de la Delegación del Gobierno en Asturias, así como formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estimaran pertinentes, antes de adoptar la Resolución procedente.
Oviedo, a 27 de enero de 2012.-El Delegado del Gobierno.-P.D., la Vicesecretaria General (Res. de 29-06-2001, BOPA de 5-07-01).-Cód. 2012-01596.
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