Notificación de la resolución del expediente sancionador por infracción a la normativa en materia de residuos

Ficha de esta disposición

Título:
Notificación de la resolución del expediente sancionador por infracción a la normativa en materia de residuos
Nº de Disposición:
Boletín Oficial:
BOIB 21
Fecha Publicación:
09/02/2012
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
I.- No habiendo sido posible realizar la notificación de la resolución del expediente relacionado en el anexo, tramitado en la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, por infracción a la normativa en materia de residuos, por no haberse podido localizar al destinatario y en cum plimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedi miento administrativo común, se procede a notificar a las personas interesadas la resolución de los expedientes que se relacionan en el anexo.

II.- Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dic tado, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 116 de la Ley 30/1992 y el arti culo 57 Ley 3/2003, de 26 de Marzo, de Régimen Jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), no pudiendo interponer recurso contencioso-admi nistrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

III.- En caso de no interponer el recurso de reposición, puede interponer se directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOIB, ante el Juzgado Contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en los artícu los 8.1 b) y 46 de la Ley 29/0998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cual quier otro recurso que se estime pertinente.

IV.- Para hacer efectivo el importe de la sanción impuesta, en periodo voluntario, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria establece los siguientes plazos:

a) Si la publicación se ha efectuado entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes posterior.

b) Si la publicación se ha efectuado entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior.

V.- La documentación para hacer efectiva la sanción, así como la resolu ción del expediente, se halla a disposición de los interesados en la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio (C/Gremi de Corredors, 10 Polígon de Son Rossinyol de Palma).

VI.- Una vez la Resolución sea ejecutiva, y transcurrido el periodo volun tario sin haber efectuado el ingreso de la sanción, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

ANEXO

Resoluciones que se relacionan:

Exp. núm.: 85/10 Interesado: Miguel Riutort Socias Infracción: Ley 10/1998, de 21 d' abril, de Residuos. Sanción: 4.000,-

Exp. núm.: 89/10 Interesado: Bernardino Munar Cebriá Infracción: Ley 10/1998, de 21 d' abril, de Residuos. Sanción: 7.000,-

Exp. núm.: 79/10 Interesado: José Torrico Rubio Infracción: Ley 10/1998, de 21 d' abril, de Residuos. Sanción: 3.000,-

Palma, 19 de enero de 2012

La directora general de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático Neus Lliteras Reche

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