Notificación de resoluciones de expedientes por infracción administrativa en materia de incendios forestales

Ficha de esta disposición

Título:
Notificación de resoluciones de expedientes por infracción administrativa en materia de incendios forestales
Nº de Disposición:
Boletín Oficial:
BOIB 21
Fecha Publicación:
09/02/2012
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Habiéndose intentado, por los medios legalmente establecidos, la notifi cación personal de las resoluciones y propuestas de resolución/resolución de expedientes por infracción administrativa en materia de incendios forestales y al no haber constancia en los expedientes de su recepción por las personas intere sadas, de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de les Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se pone en cono cimiento de las personas que se indican a continuación que la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio ha dictado propuesta de resolución y resolución de expediente sancionador por infracción cometida en materia de incendios forestales, comunicándoles que dicha resolución no pone fin a la vía administrativa y que contra la misma se podrá interponer recurso de alzada ante el Sr. consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 20 del Reglamento General de Recaudación, el plazo para efectuar el ingreso de la sanción será el siguiente:

- Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

- Las notificadas entre los días 16 y el último de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Una vez transcurrido el plazo anterior sin haber hecho efectivo el impor te de la sanción, se procederá a su exacción por el procedimiento administrati vo de apremio.

El abono de las sanciones deberá efectuarse a través del impreso normali zado (DUI) que les será facilitado en la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, situada en la Calle del Gremi de Corredors, 10 1ª planta, Polígono Industrial de Son Rossinyol, Palma, de 9 a 14 horas.

(Ver versión catalana)

Palma, 4 de enero de 2012

La directora general de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático Neus Lliteras Reche

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