Clausura administrativa del panteón nº 21 situado en el grupo 2º, cº caídosExp. 1524/08
Esta Alcaldía, con base en los siguientes fundamentos:
La concesión administrativa del panteón nº 21, situado en el Grupo 2º, cuadro de los Caídos, del Cementerio Municipal de Logroño, figura a nombre de "D. Félix Duarte Redondo", conforme acuerdo municipal de fecha 22 de enero de 1962.
Que examinados los archivos municipales, se constata que D. Félix Duarte Redondo, titular de la concesión, se encuentra fallecido y depositados sus restos en el panteón de referencia, con fecha 18 de febrero de 1980.
Que con fecha 25 de febrero de 2004, se notifica a D. Demetrio Estavillo Lanchares presunta persona interesada en el expediente administrativo, lo establecido en el artº 53 y 54 del vigente Reglamento del Cementerio, donde se expone la obligación de instar la transmisión de la titularidad por los herederos de los titulares fallecidos, así como la manifestación expresa de que transcurrido el plazo de un año desde el fallecimiento del titular sin haberse instado la transmisión, se incurrirá en las limitaciones del artº 54 de la norma citada.
Lo dispuesto en los artículos 53 y 54.1, en relación con el 57.4 y 88, y artículo 71, del vigente Reglamento del Cementerio.
El acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada con fecha 19 de junio de 2007.
La propuesta de Resolución formulada por el Director General de Contratación y Servicios Comunitarios y la Jefe del Negociado de Servicios Comunitarios.
Ha resuelto:
Primero: Clausurar administrativamente el panteón nº 21 situado en el Cuadro de los Caídos, del Cementerio Municipal de Logroño, y hasta no se actualice la titularidad del panteón de referencia.
Segundo: Apercibir al interesado que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71, durante el periodo de vigencia de la concesión podrá declararse la caducidad, revirtiendo el derecho funerario al Ayuntamiento de Logroño, con los efectos previstos en el Reglamento de Cementerios.
Tercero: Notificar la presente Resolución a la Administración del Cementerio y a los titulares de licencia funeraria para su conocimiento y efectos.
Contra la presente Resolución, definitiva en la vía administrativa, puede Vd. interponer: - con carácter potestativo, Recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, ante el órgano que dictó el acto administrativo; o bien directamente, - Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Logroño, en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su notificación, entendiéndose podrá utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Logroño, a 18 de noviembre de 2008.- El Alcalde, Tomás Santos Munilla.
