"Con fecha 21-02-2011 ha recaído resolución de esta Dirección Provincial en la que se confirma el grado de incapacidad que tiene reconocido.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponer reclamación previa ante esta Dirección Provincial en el plazo de treinta días a contar una vez haya transcurrido el plazo de 20 días naturales siguientes a la publicación del edicto, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE del 11 de abril,) y en el artículo 10 de la Orden TIN/831/2011.
Para conocimiento del contenido íntegro del acto podrá comparecer ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Pza. General Primo de Rivera, 2, 33001-Oviedo (Ref.: 2008/504557) o en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social."
Oviedo, 3 de octubre de 2011.-El Director Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social.-Cód. 2011-20637.
