DESISTIMIENTO SOLICITUD EXPT. ACTIVIDAD Nº 691/06. A ROBJOR, S. L. ATT/DÑA. ADELA ANDREA NEBOT NEBOT con domicilio en la CARRETERA CASTELLÓNTERUEL, CV 16, KM. 11. 5 NAVE 12, de ALCORA, se le hace saber:
La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana, en fecha 8 de febrero de 2008 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Vistas las solicitudes de licencia de actividad presentadas por los interesados que a continuación se relacionan, los mismos fueron requeridos en la forma y plazo legalmente previstos para que en un plazo de diez días subsanaran sus solicitudes, con el apercibimiento de que, si así no lo hicieran, se les tendría por desistidos de sus peticiones. Interesado: RobJor, S. L. Actividad: BarRestaurante Emplazamiento: Ctra. Alcora, 261 Expte.: 691/06
Visto que ninguno de los interesados anteriormente citados ha procedido a subsanar las solicitudes de licencia presentadas en su día.
Considerando el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que si las solicitudes de iniciación no reúnen los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada norma legal.
Visto asimismo, el informe jurídico de la Sra. Jefa del Negociado de Actividades, conformado por el Jefe de la Sección Administrativa de Urbanismo; a propuesta de la Comisión de Estudio del Área de Desarrollo de la Ciudad, Sostenibilidad, Medio Ambiente, Vivienda y Servicios Urbanos, acuerda:
UNICO.- Declarar desistidos en su petición a los interesados referenciados anteriormente, así como el archivo de los expedientes relacionados.
Lo que se comunica para su conocimeinto, significándole que contra el presente acuerdo podrá interponer los recursos que se indican. Contra el acto que se notifica, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo ha dictado (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por Ley 11/1999 y 107, 116,117 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por Ley 4/1999) o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Castellón de la Plana, en el plazo de dos meses (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa). En ambos casos, el plazo se computará desde el día siguiente a aquél en que se practique la presente notificación.
Castellón de la Plana, a 05 de marzo de 2008. El Jefe de Sección de Control Urbanístico, Manuel Pachés Martinez. C2585
