Los interesados podrán interponer contra la resolución del expediente, que no pone fin a la vía administrativa, recurso de alzada, que deberá presentarse dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente a la de la publicación del presente edicto, ante la Subdelegación del Gobierno o ante el Ministro del Interior, que es la autoridad competente para resolverlo, según lo establecido en los artículos 114 y 115 de la mencionada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Podrán comparecer dentro de este plazo, para examinar los expedientes, en la Subdelegación del Gobierno de A Coruña, Sección de Derechos Ciudadanos y Seguridad Ciudadana, c/San Andrés, n.º 162, 3.ª planta, de 9 a 14 horas todos los días laborables, excepto el sábado.
La sanción que consista en multa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE de 18.12.2003), deberá abonarse, en los plazos que se indican, desde que la resolución es firme, (la resolución adquiere firmeza transcurrido un mes desde su notificación sin que se haya interpuesto recurso alguno en vía administrativa y si se ha interpuesto desde la notificación de la resolución del mismo):
- "Si adquirió firmeza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha en que es firme hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
- "Si adquirió firmeza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha en que es firme hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Puede hacerse efectiva en cualquier entidad colaboradora en la recaudación (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito en las que no es preciso tener cuenta abierta), entregando en dicha entidad el documento de ingreso 069 que podrán recoger en la Unidad de Infracciones Administrativas del Servicio de Asuntos Jurídicos de 9 a 14 horas los días laborables excepto el sábado, o bien por vía telemática, a través de la "Oficina Virtual" de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) en el apartado "Pago de impuestos", todo ello de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre (BOE de 31.12.2003), modificada por las Ordenes EHA/3082/2006, de 14 de septiembre (BOE de 10.10.2006) y EHA/3967/2007, de 26 de diciembre (BOE de 08.01.2008), y desarrollada por la Resolución de 18 de febrero de 2008, (BOE de 28.02.2008).
En caso de impago, se apercibe formalmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el are 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que se procederá a su cobro por la vía de apremio con los recargos que legalmente procedan.
RELACIÓN QUE SE CITA
Infracción al artículo 26 i) de la Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE 22.2.92), modificada por la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto (BOE 5.8.97) y la Ley 10/1999, de 21 de abril (BOE 22.4.99), por desobediencia.
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Expte. |
Sanción |
Apellidos y Nombre |
Domicilio |
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2683/08 |
120 euros |
Bruno Cortes Maceiras |
Ru. Brenal, 45-AT, Cabanas. |
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2508/08 |
150 euros |
Adrián Gómez González |
Lg. de Meiras, A Regueira 12, Sada. |
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Expte. |
Sancion |
Nombre y Apellidos |
Domicilio |
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2207/08 |
310 eurose incautación droga |
Juan Alejandro Sánchez Vázquez |
Pl. Elviña, 28 fase, Bq 10-14-D, A Coruña. |
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2571/08 |
310 eurose incautación droga |
Marcos Antonio Beceiro Teijeiro |
C. Real Alta, 89-2°, La Graña, Ferrol. |
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Expte. |
Sanción |
Apellidos y Nombre |
Domicilio |
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1889/08 |
3500 euros y prohibición acceso recintos deportivos por seis meses |
Francisco Javier Herreiras Rico |
C. Mario Vargas Llosa 24-3°-D, Alcala de Henares. Madrid. |
