Notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican

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Ficha de esta disposición

Título :
Notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican
Nº de Disposición :
0
Boletín Oficial :
BOP-SORIA 56
Fecha Disposición :
16/05/2007
Fecha Publicación :
16/05/2007
Órgano Emisor :
SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN SORIA
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pú-blica notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfi-co, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el úl-timo domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asis-te el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas queconsideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en elBoletín Oficial de la Provincia.

Si en la columna Requerimiento aparece el número (1), se requiere del denunciado que se cita, titular del vehículo objeto de la denuncia, para que ientifique al conductor del mismo en la fecha indicada, haciéndole saber que si incumple la obligación legal de identificación del conductor del vehículo, se iniciará expediente sancionador por infracción al artículo 72.3 de la Ley so-bre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, (B.O.E. 63, de 14 de marzo), según redacción dada pro la Ley 17/2005 de 19 de julio, (B.O.E. 172 de 20 de julio).

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer prue-bas, se dictarán las oportunas Resoluciones.

ARTº.= Artículo; RDL= Real Decreto Legislativo; RD= Real Decreto; SUSP= Meses de suspensión. REQ= Requerimiento. PTOS= Puntos.

Ver Anexo



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