Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le concede la legislación vigente, y teniendo en cuenta:
1.- El escrito presentado con fecha 22 de agosto de 2008 por Dª Ana Isabel Arandía Pedrazas, solicitando su inscripción en el padrón municipal de habitantes, asi como la de la menor Tiara Maide Rodriguez Arandía
2.- Que con la solicitud no se acompañan los documentos exigidos por la legislación aplicable, Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y concordantes del R.D. 1690/1986, de 11 de julio, Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
3.- Que con fecha 7 de octubre de 2008 se requiere a las interesadas para que, en el plazo de diez días, aporten los documentos preceptivos.
4.- La comunicación de la oficina de correos en la que consta que la notificación fue recibida el día 10 de octubre de 2008
5.- El artículo 42 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el informe de fecha 23 de octubre de 2008, elaborado al efecto por la Gestor de Estadística y Banco de Datos, resuelve:
Tener por desistido de su petición de inscripción en el padrón municipal de habitantes, a Dª Ana Isabel Arandía Pedrazas y Tiara Maide Rodriguez Arandía
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer los siguientes recursos: recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo y, previ amente y con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto notificado
Logroño, 14 de noviembre de 2008.- El Alcalde, Tomás Santos Munilla.
