1º.- Disponen los denunciados de un plazo de 15 (quince)días hábiles, a contar del siguiente al de la presente publicación, para formular sus alegaciones y presentar los documentos u otros elementos de juicio que estimen pertinentes.
2º.- Asimismo, se les informa que, en el mismo plazo, se les pondrá de manifiesto el expediente a fin de que puedan consultarlo con la asistencia, en su caso, de los asesores que precisen.
ANNEX
(Ver versión catalana)
El Instructor de los expedientes,
Jesús García Garriga
Palma, 27 de junio de 2007
