Notificación de liquidaciones tributarias por comparecencia

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Ficha de esta disposición

Título :
Notificación de liquidaciones tributarias por comparecencia
Nº de Disposición :
0
Boletín Oficial :
BOP-GRANADA 83
Fecha Disposición :
05/05/2009
Fecha Publicación :
05/05/2009
Órgano Emisor :
AYUNTAMIENTO DE SALOBRENA (GRANADA)
D. Jesús Avelino MenéndezFernández, AlcaldePresidente del IImo. Ayuntamiento de Salobreña (Granada). HAGO SABER: Que no siendo posible practicar notificación a los interesados que a continuación se expresan por resultar desconocidos, ausentes y en ignorado paradero, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, se procede a practicar la notificación preceptiva a fin de continuar el procedimiento administrativo incoado.

LUGAR Y PLAZO DE COMPARECENCIA: el deudor, los interesados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados en la Oficina de Gestión Tributaria sita en el Ayuntamiento de Salobreña, Plaza Juan Carlos I s/n, en el plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiere comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, tal y como dispone el artículo 112.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria.

PLAZO DE INGRESO: según dispone el artículo 62 de la Ley General Tributaria, los plazos de ingreso de las deudas tributarias, serán los siguientes

a) Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes posterior o el inmediato hábil posterior.

b) Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil posterior.

No obstante, si deja transcurrir los plazos indicados, le será exigido el ingreso por la vía de apremio, con los recargos previstos en el artículo 28 de la Ley General Tributaria.

LUGAR Y MEDIO DE PAGO: el pago podrá realizarse a través de cualquiera de las siguientes entidades colaboradoras: La Caixa, Banco Popular, Unicaja, Caja Rural, Cajasur, CajaGranada, Cajamar, Caja de Ahorros del Mediterráneo, Caja Madrid y Solbank. Asimismo por transferencia bancaria para abono en las cuentas de este Ayuntamiento.

RECURSOS: recurso de reposición, ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto. No obstante podrá interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO: en los supuestos y con los requisitos que determina el artículo 65 de la Ley General Tributaria y los artículos 44 y siguientes del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 25 de julio.

Se adjunta relación de deudores a los que se cita para su notificación por comparecencia.

Salobreña, 8 de abril de 2009.-(Firma ilegible).

Ver Anexo