Se indica, por este orden: cuenta de cotización de la empresa y su nombre, nombre del trabajador afectado, motivo y periodos relacionados, cuantía de la deuda generada, fecha en que le fue notificada la deuda y fecha de la Resolución cuya notificación no fue posible.
Deberán efectuar el reintegro de la deuda, en el plazo de los 30 días siguientes a la publicación del presente anuncio (art.32.1.c del Real Decreto 625/85 BOE n°109 de 7.05.85), mediante ingreso en la c/c de Recursos Diversos de la Tesorería General de la Seguridad Social: Caja Madrid 6000159940, debiendo entregar copia de dicho ingreso a esta Dirección Provincial del S.P.E.E.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya efectuado la liquidación de la deuda se emitirá la correspondiente Certificación de Descubierto, con lo que se iniciará la vía de apremio.
Contra estas Resoluciones, conforme a lo previsto en el art.71 de la Ley de Procedimiento Laboral (R.D.L. 2/95, BOE n°86 de 11.04.95 ), podrán interponer Reclamación Previa a la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de los 30 días hábiles siguientes a la publicación de este anuncio.
Fdo:EL DIRECTOR PROV. DEL S.P.E.E..JoseLuis Rodríguez Taborda. Huelva, a 8 de Febrero de 2.008
CTA COTIZACION EMPRESA Y NOMBRE EMPRESA /TRABAJADOR AFECTADO /MOTIVO Y PERIODOS /CUANTIA DEUDA /FECHA NOTIFICACION DEUDA
/FECHA RESOLUCION 21102256333 AUTO OCASIÓN HUELVA /JUAN TENORIO RODRIGUEZ /EXISTIR UN DESCUBIERTO EN LA COTIZACIÓN POR DESEMPLEO DURANTE EL PERIODO: 17-05-01 A 31-05-03 /3.606,34 /2611-07/23-01-08/.
Huelva, 14 de Febrero de 2008.- El Secretario General. Fdo.: Manuel Jesús Iglesias González.
