Con fecha 24.10.07 se ha dictado por la Vicepresidencia de la Gerencia Municipal de Urbanismo, el Decreto número 3169 del tenor literal siguiente:
Teniendo conocimiento esta Gerencia Municipal de Urbanismo que por DON MANUEL ORELLANA REYES, en calidad de propietario, se realizan obras
consistentes en construcción de vivienda unifamiliar de 90 m2 y cerramiento de parcela de 510 m2, sin la preceptiva licencia urbanística, en PAGO LA DEHESILLA CAMINO DE ESPARTº INAS, expediente número 381/07- S( SUNC) lo que supone una vulneración del art. 169 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA) y art. 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística, aprobado por Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, y considerando que ello pudiera ser constitutivo de una infracción urbanística tipificada en el art. 219 LOUA, siendo competente para la iniciación del expediente sancionador el Vicepresidente y para su resolución el Presidente, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 21.3 y 19.8, respectivamente, de los Estatutos de la Gerencia Municipal de Urbanismo y art. 195 de la LOUA, DISPONGO:
= 1.- Incoar expediente sancionador a DON MANUEL ORELLANA REYES, en calidad de propietario, bajo el número 381/07- S( SUNC) por la comisión de una presunta infracción urbanística consistentes en construcción de vivienda unifamiliar de 90 m_y cerramiento de parcela de 510 m2, sin la preceptiva licencia urbanística, en PAGO LA DEHESILLA - CAMINO DE ESPARTINAS, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 191, 193, 196 y 219 de la LOUA, y concordantes del Reglamento de Disciplina Urbanística, art. 134 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.
= 2.- Nombrar Instructora del Expediente a Doña Carmen Cano de la Barrera, funcionaria responsable del Departamento de Disciplina Urbanística, pudiendo formular recusación, de conformidad con lo establecido en el art. 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
= 3.- Notificar al interesado que dispone de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones estime convenientes, y del trámite de audiencia, de conformidad con lo establecido en el art. 16 del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.
Lo que se hace saber para su conocimiento y efectos. Chiclana de la Fra., a 25 de enero de 2008. EL SECRETARIO GENERAL. Fdo. Fco. Javier López Fernández.
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