Sea notorio a a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 2/2009, de 12 de marzo, de modificación de la Ley 5/2008, de 13 de noviembre, por la que se extingue la Cámara Agraria de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.dos del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
Artículo 1. Modificación del párrafo 3.º de la regla 1.ª y modificación de la regla 6.ª del artículo 5, «Régimen de personal».
Párrafo 3.º de la regla 1.ª: Donde dice: «sin perjuicio de la dependencia orgánica de dicho personal de la Consejería de Economía y Hacienda», debe decir: «sin perjuicio de la dependencia orgánica de dicho personal de la Consejería competente en materia de administraciones públicas».
Regla 6.ª, relativa a la fecha de incorporación efectiva del personal de la Cámara: Donde dice: «mediante orden de la Consejería de Economía y Hacienda», debe decir: «mediante orden de la Consejería competente en materia de administraciones públicas».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Murcia, 11 de marzo de 2009.-El Presidente, Ramón Luís Valcárcel Siso.
(Publicada en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 66, de 21 de marzo de 2009)
