Norma Vigente

LEY 1/1982, de 24 de febrero, por la que se regulan las salas especiales de exhibición cinematográfica, la filmoteca española y las tarifas de las tasas por licencia de doblaje

Ficha de esta disposición

Título:
LEY 1/1982, de 24 de febrero, por la que se regulan las salas especiales de exhibición cinematográfica, la filmoteca española y las tarifas de las tasas por licencia de doblaje
Estado:
Vigente
Nº de Disposición:
1/1982
Boletín Oficial:
BOE 50/1982
Fecha Disposición:
24/02/1982
Fecha Publicación:
27/02/1982
Órgano Emisor:
JEFATURA DEL ESTADO

Don Juan Carlos I,
Rey de España.

A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed:
Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

TÍTULO I.
DE LAS SALAS ESPECIALES DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA.

Artículo 1.

Artículo 2.

Artículo 3.

Artículo 4.

Artículo 5.

Artículo 6.

Artículo 7.

Artículo 8.

Artículo 9.

Artículo 10.

TÍTULO II.
DE LA FILMOTECA ESPAÑOLA.

(Contenía artículos del 11 al 21)

TÍTULO III.
DE LAS TARIFAS DE TASAS DE DOBLAJE.

(Contenía artículos del 21 al 24)

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.

DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.

 

Por tanto, mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio Real de Madrid, a 24 de febrero de 1982.

- Juan Carlos R. -

 

El Presidente del Gobierno,
Leopoldo Calvo-Sotelo y Bustelo.

LEY 1/1982, de 24 de febrero, por la que se regulan las salas especiales de exhibición cinematográfica, la filmoteca española y las tarifas de las tasas por licencia de doblaje
Notas:
Artículos 3 y 4:
Derogado por la disposición final segunda.h. de la Ley 30/1985, de 2 de agosto, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Títulos I (excepto artículos 1, 2 y 6), II y III; Disposiciones adicional primera, adicional segunda, adicional tercera, final primera y final segunda:
Derogado por Ley 15/2001, de 9 de julio, de fomento y promoción de la cinematografía y el sector audiovisual.
Artículos 1, 2 y 6:
Derogado por Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.