El expediente, conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público en la Secretaría-Intervención de esta Entidad Local a efectos de reclamaciones.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 de la Ley citada, y por los motivos taxativamente enumerados en él, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia.
b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Buniel.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno.
De no producirse alegaciones se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo.
En Buniel, a 1 de febrero de 2012.
El Alcalde, Roberto Roque García
