Vértice; UTMX; UTMY
1i; 630.669; 4.643.703
2i; 632.634; 4.643.703
3i; 632.634; 4.642.120
4i; 630.669; 4.642.120
Las actividades que condicionan el perímetro en sus respectivas zonas son las que se señalan en el Decreto 116/2001, de 10 de mayo (DOG 28-05-01) que modifica el Decreto 402/1996, de 31 de octubre (DOG 19-11-96).
Lo que se hace público, para que los interesados y en particular los propietarios de terrenos, bienes y derechos comprendidos en el perímetro, puedan alegar en el plazo de 20 días cuanto convenga a sus intereses, contado desde la última publicación en los boletines oficiales.
Ourense, 23 de febrero de 2010. El jefe territorial. Fdo.: Gabriel Diéguez Domínguez.
R. 902
