Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones y reclamaciones que se estimen pertinentes.
En el caso de que no se presentaran alegaciones durante este período, se entenderá elevado a definitivo el acuerdo de aprobación inicial y la modificación se considerará aprobada.
En San Martín de Valdeiglesias, a 10 de junio de 2008. El alcalde, Pablo Martín Cabezuela.
( 03/17.263/08)
