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Aprobado por Decreto de Alcaldía (conforme al art.41.18 del ROF, el Padrón correspondiente al 2.º semestre de 2008 de la Tasa por el Servicio de recogida y eliminación de basuras, se somete a información pública en cumplimiento de lo dispuesto en el art.14.1 de la Norma Foral 11/1989,de 5 de julio, Reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa. Asímismo se señala el plazo y forma de recaudación voluntaria que requiere el art. 18 de Decreto Foral 38/2006, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación del Territorio Históriko de Gipuzkoa. Todo ello conforme a las siguientes reglas:
a) Lugar donde está de manifiesto: En las dependencias de Intervención de Fondos.
b) Plazo para examinarlo: Un mes contado a partir del siguiente dia hábil al de la inserción de este anuncio en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
c) Plazo de manifestar la disconformidad: Un mes computado en la forma que se indica en el extremo b), mediante la interposición del preceptivo recurso de reposición.
d) Organo ante el que se recurre: Alcalde-Presidente.
e) Lugar de presentación de reclamaciones: Registro de Entrada del Ayuntamiento en horas de oficina.
f) Efectos de la interposición del recurso: Los dispuestos en el art. 14.2 de la Norma Foral citada.
g) Plazo de recaudación: En periodo voluntario desde el 1 de noviembre hasta el 15 de diciembre.
h) Modo de ingreso: Excepto en el caso de recibos domiciliados, a través de la Gipuzkoa-Donostia Kutxa.
Bien entendido que si en el expresado plazo de recaudación no se hacen efectivas estas deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo y se incrementarán con el recargo de apremio, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Ataun, a 27 de octubre de 2008.El Alcalde en Funciones, Jexúx Goikoetxea Etxeberria.
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