«Nº 1488/08.- GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO.- 37. Propuesta del Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de aprobación del expediente de cesión de parcelas, en cumplimiento del acuerdo de la Junta de Gobierno de aprobación del Convenio Interadministrativode Colaboración AyuntamientoDiputación. Examinado el expediente tramitado al efecto; vistos los informes obrantes en el mismo; y a la vista de la Propuesta favorable, por unanimidad, del Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de fecha 15 de diciembre, la Junta de Gobierno Local adoptó los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Aprobar la cesión directa y gratuita a la Excma. Diputación de Córdoba de las parcelas dotacionalesque a continuación se indican para la implantación de equipamiento de interés publico y social (SIPS) competencia de dicha Administración Pública, y las parcelas del Patrimonio Municipal de Suelo, que también se indican, destinadas a la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública, y ello para coadyuvar al desarrollo por la Institución Provincial de programas públicos de viviendas.
Parcelas Dotacionales:
Parcela 12 del Sector PAM PP I2 con una superficie de 1.498 m2 y valorada en 246.766,60 , inscrita: en el Registro de la Propiedad nº 1, en el Tomo 2009, Libro 894, Folio 13 y Finca 66.296.
Parcela 18 del Sector PAM PP MA2 con una superficie de 6.506 m2 y valorada en 1.071.737,99 , inscrita: en el Registro de la Propiedad nº 2, en el Tomo 1.167, Libro 432, Folio 54 y Finca 28.151.
Parcela 46- 1 del Proyecto de Reparcelación2ª fase del sector PP CC, con una un techo edificable de 6.231,08 m2t y valorada en 1.026.450,22 , inscrita: en el Registro de la Propiedad nº 6, en el Tomo 2.569, Libro 1.454, Folio 1 y Finca 82.526.
Parcelas de patrimonio municipal de suelo:
Manzana 6 del Proyecto de Reparcelacióndel Sector PP E1 Encinarejosubparcela número uno a la número dieciséis, con un techo edificable de 1.374,14 m2t y valorada en 226.363,06 , inscrita: en el Registro de la Propiedad nº 5, subparcela1 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 125 y Finca 39.402, subparcela2 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 129 y Finca 39.404, subparcela3 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 133 y Finca 39.406, subparcela4 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 137 y Finca 39.408, subparcela 5 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 141 y Finca 39.410, subparcela 6 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 145 y Finca 39.412, subparcela 7 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 149 y Finca 39.414, subparcela 8 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 153 y Finca 39.416, subparcela 9 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 157 y Finca 39.418, subparcela 10 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 161 y Finca 39.420, subparcela 11 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 165 y Finca 39.422, subparcela 12 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 169 y Finca 39.424, subparcela 13 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 173 y Finca 39.426, subparcela 14 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 177 y Finca 39.428, subparcela 15 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 181 y Finca 39.430 y subparcela 16 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 185 y Finca 39.432.
Manzana 7 del Proyecto de Reparcelacióndel Sector PP E1 Encinarejosubparcela número uno a la número ocho, con un techo edificable de 687,07 m2t y valorada en 113.181,53 , inscrita: en el Registro de la Propiedad nº 5, subparcela1 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 190 y Finca 39.436, subparcela2 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 194 y Finca 39.438, subparcela3 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 198 y Finca 39.440, subparcela4 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 202 y Finca 39.442, subparcela 5 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 206 y Finca 39.444, subparcela 6 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 210 y Finca 39.446, subparcela 7 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 214 y Finca 39.448 y subparcela 8 en el Tomo 1.634 Libro 736 Folio 218 y Finca 39.450.
Haciéndose constar que de conformidad con lo dispuesto en el art53 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de no estipularse otro plazo, las parcelas objeto de cesión revertirán al Ayuntamiento si no se edifican en el uso para el que se ceden en el plazo de 5 años, debiendo mantenerse el uso para el que se ceden las parcelas dotacionalesdurante los 30 años siguientes, y las parcelas de Patrimonio Municipal de Suelo vinculadas al uso de viviendas sujetas a algún régimen de protección publica como determinación urbanística y a las limitaciones del art.39 del RDL 2/2008 por el que se aprueba el TR Ley del Suelo
SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública por periodo de 20 días hábiles mediante inserción de anuncios en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, prensa local y tablón de anuncios del Ayuntamiento y de la Gerencia Municipal de Urbanismo. En ausencia de alegaciones se entenderá aprobada definitivamente la cesión, debiendo la cesionaria manifestar su conformidad.
TERCERO.- Esta cesión gratuita deberá ponerse en conocimiento de la Delegación de Gobierno en Córdoba, con remisión de una copia autenticada del expediente completo instruido a tal fin».
En cumplimiento del art.141.2 apartado a) de la L. O. U. A., el expediente se encuentra expuesto al público en la Oficina de Patrimonio de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, para su consulta de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas.
Córdoba, 12 de enero de 2009. El Gerente, Fdo.: Francisco Paniagua Merchán.
