El referido acuerdo constituye un acto de trámite respecto del cual los interesados del artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, ante el Pleno, en el plazo de quince días a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado este anuncio, entendiéndose definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional, si en referido período de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones. De presentarse, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas y se insertará resumido por capítulos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Pozuelo de Alarcón, a 26 de octubre de 2009.La secretaria general del Pleno, Elvira M. C. García García. (03/35.396/09)
